Como llegamos a desformar las normas, reglamentos y procedimientos a este punto...
Me pasó. Tengo una impugnación con ellos por un "exceso" de velocidad de 52km/h. El plan que yo tomé era que si no ganaban me devolvían el dinero. Pero ahora con esto último que van a cerrar operaciones, se enredó la vaina...A título informativo, después de muchos meses, a varios conocidos les han llegado correos de Juzto para informales que no lograron impugnar exitosamente sus comparendos.
Saludos foristas.
Ayer nos llego una notificacion de fotomulta en Cali, llego impresa por correo urbano a una antigua direccion nuestra.
al parecer mi esposa se paso un semaforo en rojo...bueno segun la foto si se lo paso.
La cosa es que la fotodeteccion fue el 19-dic-23, pero el comparendo no registra en SIMIT, ni en servicios de transito cali desde donde incluso se deberia poder descargar el video de la infraccion (no esta ni por placa ni por cedula del propietario)
Tampoco aparece en la pagina de notificaciones de fotodeteccion de la alcaldia de cali (por numero de comparendo).
Por ende en este momento no se puede ni pagar, ni programar curso educativo para descuento, el sistema dice que no hay multas a la fecha.
- No hemos recibido notificacion de multa via mensaje de texto (lo usual) ni al correo electronico.
- La direccion a la que fue enviado el comparendo no es la direccion registrada en RUNT para el propietario, es una direccion antigua (mas de 7 años)
Alguna opinion?
Como siempre Gracias.
Comparendo es diferente a multa, por ahora unicamente le han emplazado a comparecer y ejercer su derecho a la defensa. Si no se presenta, en 26 días hábiles se establece la multa a partir de lo cual aparecerá en el SIMIT (eventualmente).
Debería ser suficiente con la notificación de la fotodetección (allí debería estar la imagen de la infracción), si necesita un video puede pedirlo durante el proceso de defensa, pero en ese caso si pierde (y como comenta sumercé, es muy probable que pierda) le aplicarán el 100% de la infracción: No tiene sentido "chapalear" por ahí.
El hecho de que haya llegado la notificación a una dirección diferente no invalida el comparendo, la Secretaría de Movilidad unicamente necesita actualizar la notificación y enviarla a la dirección correcta; Tampoco hay obligación de que le notifiquen por mensaje de texto o email.
La única vía si no quiere pagar es recurrir al artículo 33 de la Constitución: "Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.".
Toca presentarse en audiencia y expresar que usted no iba conduciendo el vehículo, entonces le dirán que el artículo 51 de la Ley 1437 de 2011 le obliga a decir quién iba conduciendo, para lo cual usted responde que se trata de un familiar y que por ende se acoje al artículo 33 de la Constitución que acabo de mencionarle, con lo cual no está obligado a dar su nombre.
Dependiendo de la ciudad donde esté puede que cierren el proceso en ese instante o puede que lo pongan a voltear durante meses.
Si le sostienen la multa le toca entonces entutelar, si le niegan la tutela, le toca elevarla a segunda instancia y así... el proceso puede durar 1 año; hay gente que prefiere "pelear" el asunto y hay gente que prefiere clavarse el curso de 2 horas y pagar los $261.470 que vale el comparendo.
También entran otros factores como por ejemplo si quiere vender su carro y lo ponen a voltear con tutelas y derechos de petición: no va a poder hacer el traspaso hasta tanto le levanten ese reporte de ahí.
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