Consultorio Jurídico

Lacallecaradeperro

Antiguo y Clásico
Sep 2, 2013
272

"Una pregunta aparte, cómo funciona por ejemplo el trato a esos coches que no tienen matrícula y su fin es principalmente el de competición, como bastantes coches quizás la mayoría que vemos en Tocancipa y ciertos lugares."

Esos coches no pueden andar legalmente por las vías publicas en la ciudad, es decir, no se encuentran matriculados como vehículos de transporte publico o privado, esa, entre otras es una de las razones por las que siempre viajan cargados en camabaja o remolque.

Estando por ejemplo en Tocancipá, que es una vía privada, pueden circular sin problemas, así mismo podría ser en un parqueadero u otra pista privada, podría entrar a una zona franca y correrlo ahí, o en la pista de un aeropuerto privado. es por eso mismo, que en Tocancipá se puede ir más rápido que los límites establecidos y esos carros no deben cumplir con ciertas normas estándar como por ejemplo la existencia de ciertas luces, tamaños de bómperes, medidas de asientos y otros asuntos técnicos (aunque en la vida real, hay carros que son de calle y tampoco los cumplen, como muchos modificados, taxis y algunos chinos).


Eso no significa que pierdan su condición de automóviles, por ende se pueden contratar seguros, y demás; simplemente que no pueden ser usados como medio de transporte en vías publicas, así mismo, están exentos de pagar los impuestos inherentes a un vehículo.
 

Jaime001254

Antiguo y Clásico
Feb 3, 2012
223
Bueno esto no tiene que ver con carros pero no supe donde mas ponerlo.

Resulta que estoy trabajando desde hace 2 meses en una empresa pequeña y me han hecho varias c*g@d%$, como por ejemplo se demoraron en inscribirme a la EPS, y el trato no es el mejor.
La que me pasó la ultima quincena me tiene decidido en largarme.

Resulta que me quedé hasta tarde varios días, y no me lo reconocieron. preguntando el porqué me dijeron que era empleado de confianza (no firmé contrato, mi cargo sería algo asi como asistente de ingeniería, no me parece un cargo de confianza... y aun asi me deberían reconocer ese tiempo) y que no me pagaban nada de eso. Mejor dicho me robaron.

Lo bueno es que tengo un comprobante de pago que tiene el sueldo, lo que me pagaron y los horarios de entrada y salida. No he renunciado esperando a ver que tan factible es que me indemnicen si renuncio con causa justificada y los 10 mil pesos de tiempo extra que no me quisieron pagar les pueda salir caro.

Gracias por la ayuda.
 

restrepo77

Antiguo y Clásico
Mar 25, 2012
1,246
es algo que al parecer es normal, porque normalmente las personas prefieren dejar pasar esas cosas, que perder el trabajo... al parecer no te interesa mucho el empleo por lo que podras hacer le denuncio... he conocido de casos en que no les pagan dias de incapacidad o cosas asi, pero no hacen nada porque quieren cuidar el trabajo... no soy abogado por lo que no se nada del proceso o que le podria pasar a la empresa... pero hay otros foristas que si y te ayudaran!

suerte con esos h... descarados!
 

Lacallecaradeperro

Antiguo y Clásico
Sep 2, 2013
272
hay que ver las cosas con mas detalle, en un principio, por las condiciones que comenta y si no hay contrato escrito, es un contrato laboral a termino indefinido.

valga aclarar que con solo 2 meses, puede salir mas caro el caldo que los huevos, pues la indemnización por 2 meses no va a ser muy grande.
 
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anjogo02

Antiguo y Clásico
Dic 7, 2010
2,726
buen día, quiero preguntarles algo.

resulta que un primo es como socio de una compraventa de carros, y hoy ha venido a mostarme un mazda 2 HB 2013 con apenas 120km, y me dice, primo lo están vendiendo en 8M….:eek::eek::eek: donde le firmo, fue mi expresión, pero obvio no me sonó raro el tema, si no, rarísimo!! y quede con mi duda, el me explicaba que una viejita se lo habia ganado, y pues que la señora murió, pero nada que ver con el carro, y el habia ido a ver y recoger ese carro porque la hija de la viejita lo esta vendiendo, pero me explico que el gallo y que por ello estaba a precio de "ganga" era porque no se podía transferir los papeles del carro, ósea, no se puede tener otro dueño. Yo quede súper perdido, pero me parecía mas raro aun, el es joven y pues acelerado, me dijo que mañana iba a llevarlo a la cijin dijin…..yo ni se que era, pero dijo que iba a investigar mas, que un policía le habia hecho el favor de llamar por radio y chequear el carro y le dijeron que estaba bien, y que el tenia ahí en el carro los papeles del carro.

Mi punto de esta historia tan rara, y que aparte de que sea una posible "ganga", es, que se puede hacer para:
1) saber todo historial de ese carro, como procedencia, hechos, dueños.
2) en caso de ser cierta la historia, de que la viejita se lo gano, pues a mi parecer es obvio que si uno quiere venderlo, no hay problemas de traspaso, o de herencia…
3) que puede imposibilitar el traspaso de un carro?
4) que mas se puede ver para hacer quizás un negocio seguro?

Muchas gracias, y pues esperare a que me comenten mas de ese carro a ver que tal es la historia, porque parece de película, y quizás mande el guión a RCN…....esos hacen cualquier novela:D:D!!!

PDT: no mal piensen que uno anda en malos caminos…..toca aclarar ese punto, no quiero que cojan de ingenuo a mi primo!!
 

XJ6

Moderador
Miembro del equipo
Feb 1, 2008
17,178
¿El carro está a nombre de quién en este momento?. Si está a nombre de la señora y esta no dejó testamento, creo que entra a un proceso de sucesión para repartirlo entre su familia primaria (esposo / hijos si los hubiere) junto con los otros bienes que hubiera podido dejar. Es decir, creo que no pueden salir a venderlo así como así.

Creo que así es la cosa con ese carro, si no está a nombre de la señora, el negocio entonces es con el que figure en la matrícula.

De todas maneras los gentiles abogados del foro nos echaran una mano al respecto.
 

felmr23

Antiguo y Clásico
Ene 7, 2011
2,168
Para saber el historial del carro pida un certificado de libertad en el transito correspondiente, ahi se dará cuenta si realmente la viejita es la única dueña.

Igual si esa historia es cierta usted esta pagando 8 millones para usar el carro temporalmente porque realmente nunca va a ser suyo, seguramente una de las hijas de la dueña es la que lo está vendiendo porque necesita la plata, pero como dijo XJ6, todos los bienes de la señora fallecida entran en un proceso de sucesión para ser repartidos entre los herederos, eso normalmente tarda varios años pero si otro de los hijos reporta el carro como bien que tiene que entrar en la sucesión y una vez este proceso culmine, si el carro no aparece lo van a declarar como robado y en cualquier retén a usted lo harán bajarse del carro y hasta para la cárcel se lo llevan por hurto.

Conclusión: cuando vea algo tan "barato" sospeche. Eso nunca termina bien.
 
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osc@r

Antiguo y Clásico
Nov 29, 2009
2,502
Pues ya la historia involucra personajes típicos de una posible estafa "viejita...concurso, etc."

Si le quiere botar corriente y "mente" al asunto, vaya a la dirección de tránsito y pida toda la información del carro, allí verá quien figura como dueño, si tiene prendas o cualquier otro gravámen. Como bien le dice juan, el negocio sería con quien figure como dueño, no con el que se lo ofrezca o lo tenga en este momento.

Así mismo la revisión de antecedentes de la DIJIN. Todo esto como primer paso.

Salu2
 
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alguienoalgo

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Ene 2, 2014
753
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jimmycifuentes

Antiguo y Clásico
Ene 6, 2011
827
Una consulta a los señores abogados. Mi esposa tiene un local de ropa (ropa de uso externo, jeans, chaquetas, blusas, camisas, etc...) y nos queremos transladar para un local cerca a nuestra vivienda, pero en ese local que fue desocupado hace apenas algunos días también tenían un local de ropa (ropa intima, pijamas, medias veladas, etc...), la dueña de la casa donde se encuentra el local dice que la antigua arrendataria cuando se fue les dijo que no podian poner otro local de ropa ahi mismo porque los demandaba dado que se estarian aprovechando de su acreditación, obviamente el contrato pasado ya expiro hace alrededor de 3 meses y nosotros nada tenemos que ver con los dueños de la casa, simplemente queremos tomar ese local en arriendo para vender nuestros productos, pero me asalta la duda ¿Es viable que nos demanden por esa causa?
 

osc@r

Antiguo y Clásico
Nov 29, 2009
2,502
Si el contrato con el anterior comerciante no se prorrogó por desahucio, lo que significa que el propietario le solicitó al comerciante desocupar el inmueble anticipadamente y por ello tuvo que irse de ese local, es correcta la afirmación sobre la prohibición de instalar allí un negocio similar.

El Código de Comercio (art. 518) indica que el nuevo local así arrendado a otro comerciante, debe ser de una actividad sustancialmente diferente.

Sin embargo, yo averiguaría mejor las condiciones del anterior arrendatario, porque si el anterior comerciante se fue por voluntad propia, creo que no aplicaría esta prohibición.

Saludos
 

jimmycifuentes

Antiguo y Clásico
Ene 6, 2011
827
Si el contrato con el anterior comerciante no se prorrogó por desahucio, lo que significa que el propietario le solicitó al comerciante desocupar el inmueble anticipadamente y por ello tuvo que irse de ese local, es correcta la afirmación sobre la prohibición de instalar allí un negocio similar.

El Código de Comercio (art. 518) indica que el nuevo local así arrendado a otro comerciante, debe ser de una actividad sustancialmente diferente.

Sin embargo, yo averiguaría mejor las condiciones del anterior arrendatario, porque si el anterior comerciante se fue por voluntad propia, creo que no aplicaría esta prohibición.

Saludos
También depende de por qué se fue la anterior arrendataria...

Edito: Me refería exactamente a lo que escribió Óscar.
Muchas gracias por su pronta respuesta, averiguare entonces y de acuerdo a ello tomaremos la decisión. :)
 

osc@r

Antiguo y Clásico
Nov 29, 2009
2,502
En todo caso la prohibición es para el dueño del local, él es quien debería pagar una posible indemnización por no cumplir la ley. Usted no tendría que vérselas con el anterior arrendatario.

Saludos
 
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PPGSM

Administrador, Presunto Robot
Miembro del equipo
Feb 23, 2008
63,231
Si el contrato con el anterior comerciante no se prorrogó por desahucio, lo que significa que el propietario le solicitó al comerciante desocupar el inmueble anticipadamente y por ello tuvo que irse de ese local, es correcta la afirmación sobre la prohibición de instalar allí un negocio similar.

El Código de Comercio (art. 518) indica que el nuevo local así arrendado a otro comerciante, debe ser de una actividad sustancialmente diferente.

Sin embargo, yo averiguaría mejor las condiciones del anterior arrendatario, porque si el anterior comerciante se fue por voluntad propia, creo que no aplicaría esta prohibición.

Saludos

Mirá vos, cada día se aprende algo nuevo.
 
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jdrbenz

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May 2, 2012
1,797
Disculpen pongo un pregunta aca: Bajo que tipo de circunstancias un policia o guarda de transito puede exigirle al propietario de un vehiculo que le muestre el numero de motor del vehiculo? y que tipo de evidencia debe aportar el agente para llegar a la conclusion de que el numero de motor es falso o re grabado? y en caso de que logren aportar evidencias suficientes que pasaria con el carro?
 
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JCCaballeroG

Ya van 1800 y contando
Sep 23, 2011
5,364
Disculpen pongo un pregunta aca: Bajo que tipo de circunstancias un policia o guarda de transito puede exigirle al propietario de un vehiculo que le muestre el numero de motor del vehiculo? y que tipo de evidencia debe aportar el agente para llegar a la conclusion de que el numero de motor es falso o re grabado? y en caso de que logren aportar evidencias suficientes que pasaria con el carro?
Para comprobar si un motor es regrabado se hace con un ácido y que yo sepa aquí lo hacen en la Sijín... En los centros de peritaje (AUtomás, Colserauto, etc.) lo hacen también... A simple vista no se puede comprobar...
 

jdrbenz

Antiguo y Clásico
May 2, 2012
1,797
Para comprobar si un motor es regrabado se hace con un ácido y que yo sepa aquí lo hacen en la Sijín... En los centros de peritaje (AUtomás, Colserauto, etc.) lo hacen también... A simple vista no se puede comprobar...

La pregunta la hice debido a que me paró un policia, me pidio papeles del carro y me pidio que le mostrara el VIN de carroceria y numero de motor (obviamente queria plata) y al ver el numero de motor me dijo "mmmm eso se ve como pirata" y yo le dije que lo demostrara, me tuvo parqueado como 10 minutos y luego se fue.

Ya que estamos hablando de este tema les expongo el siguiente caso: Me estan vendiendo un carro vuelto m... (ni vidrios tiene) pero con un motor bien interesante que perfectamente sirve para diversion o negocio, me pregunto lo siguiente: Cual es el proceso que se debe seguir para poder sacar ese motor y ponerselo a otro carro de mi propiedad? que documentos hay que tener aparte de la tarjeta de propiedad del vehiculo del cual salio el motor? si digamos se lo pongo a mi carro y a los 6 meses me aburro y quiero volver al otro motor que tenia ¿me toca hacer de nuevo el proceso? ¿En caso de querer venderle ese motor a alguien mas que documentacion debo de tener?

Tambien abusare un poco de la buena disposicion para sacarme de una duda: Mas de una vez he tenido la curiosidad acerca de como se haria para traer un motor desde EE.UU para un carro americano viejo ya que todos esos motores son vendidos como "remanufactured" o "rebuilt" incluso si ya estan armados y probados en dinamometro o si es solo el bloque con culatas y pistones. Yo tengo entendido que a Colombia no pueden entrar repuestos de segunda pero en este caso que pasaria? como se podria manejar una situacion de estas? clasificaria como un repuesto de segunda aun despues de ser vendido por una tienda, reconstruido y listo para usar?
 
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