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normatividad


La normatividad en cuánto a los biocombustibles hace referencia es a los porcentajes que van a ser incorporados a la gasolina común, que no deben pasar de cierta medida de mezcla. En principio la mezcla obligatoria de biodiesel en cada tanqueada de acpm, según la  Ley 939 del 2004, será del 5%. Esa misma proporción de mezcla de biodiesel operará para el 2009. En el 2010 será del 10%. La del etanol en la gasolina corriente es hoy del 10%. Su uso permite oxigenar la combustión del acpm, que es un derivado del petróleo de alto poder contaminante.

  Para el año 2012 se determinó que el parque automotor nuevo y demás vehículos que requieran para su funcionamiento acpm o diesel, deberán estar acondicionados para que sus motores utilicen una mezcla mínimo del 20% de biodiesel.


El biodiesel, según algunos estudios, es cuatro veces menos tóxico que la sal de cocina y se degrada diez veces más rápido que el azúcar y alarga la vida de los motores. El biodiesel se obtiene por la transesterificación de un ácido graso (aceite). El producto obtenido es muy similar al gasóleo obtenido del petróleo y puede usarse sólo en motores diesel.

  http://cesiq.univalle.edu.co/html/modules.php?name=News&file=article&sid=207