Este tema lo he abierto para que los foristas puedan conocer las vías nacionales en que aplica restricción para vehículos cuyo peso sea mayor a 3.5 Toneladas y puedan de paso, hacer una mejor planeación en su recorridos por vías nacionales.
Este tipo de restricción normalmente la hace el gobierno para facilitar y contribuir a mejorar la movilidad de quienes aprovechan los puentes festivos y temporadas vacacionales y recorren nuestra geografía.
Información aplicable para este inicio de año 2.016:
COMUNICADO OFICIAL
RESTRICCIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA CON PESO IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS "PARA LA TEMPORADA VACACIONAL DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO Y REYES 2015-2016, EN LA RED VIAL NACIONAL”.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014 articulo 2 "TEMPORADA VACACIONAL DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO" y articulo 6, en cuanto a que las medidas de regulación del tráfico vehicular deberán ser difundidas con al menos un (1) mes de anterioridad por el Ministerio de Transporte, la Dirección de Transito y Transporte de la Policía Nacional y las autoridades de Tránsito local y a los estipulados en la Resolución 761 del 2013 nos permitimos comunicar a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudaddanos, usuarios de la red vial nacional y demas interesados, que la restricción a aplicar para los vehiculos de carga será en las fechas y horas relacionadas:
DIAS DE APLICACIÓN Y VIAS A NIVEL NACIONAL
DÍA FECHA HORARIO
VIERNES
(Solo vehiculos que salen de Bogotá) 8 de Enero de 2016 16:00 A 22:00 horas
SÁBADO 9 de Enero de 2016 09:00 A 15:00 horas
DOMINGO 10 de Enero de 2016 12:00 A 23:00 horas
LUNES 11 de Enero de 2016 12:00 A 01:00 horas
Vías a restringir:
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: El día Viernes 8 de Enero de 2016, la restricción unicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la ciudad de bogota.
NOTA 2: El dia 11 de Enero de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N°7 (BOGOTÁ-FUSAGASUGÁ-MELGAR-IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ-BOGOTÁ.
NOTA 3: La restricción vial N° 17 (CALI-POPAYAN-PASTO) solo aplicará para los puentes festivos de navidad, año nuevo y reyes (2015-2016).
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento de Norte de Sanatander hacia la Costa Atlántica.
NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones".
NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantaran algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puerto y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos del contacto son: Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co. Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
INFOMACIÓN SUJETA A CAMBIOS DEPENDIENDO DEL FLUJO VEHICULAR
Este tipo de restricción normalmente la hace el gobierno para facilitar y contribuir a mejorar la movilidad de quienes aprovechan los puentes festivos y temporadas vacacionales y recorren nuestra geografía.
Información aplicable para este inicio de año 2.016:
COMUNICADO OFICIAL
RESTRICCIÓN DE VEHÍCULOS DE CARGA CON PESO IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS "PARA LA TEMPORADA VACACIONAL DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO Y REYES 2015-2016, EN LA RED VIAL NACIONAL”.
En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014 articulo 2 "TEMPORADA VACACIONAL DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO" y articulo 6, en cuanto a que las medidas de regulación del tráfico vehicular deberán ser difundidas con al menos un (1) mes de anterioridad por el Ministerio de Transporte, la Dirección de Transito y Transporte de la Policía Nacional y las autoridades de Tránsito local y a los estipulados en la Resolución 761 del 2013 nos permitimos comunicar a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudaddanos, usuarios de la red vial nacional y demas interesados, que la restricción a aplicar para los vehiculos de carga será en las fechas y horas relacionadas:
DIAS DE APLICACIÓN Y VIAS A NIVEL NACIONAL
DÍA FECHA HORARIO
VIERNES
(Solo vehiculos que salen de Bogotá) 8 de Enero de 2016 16:00 A 22:00 horas
SÁBADO 9 de Enero de 2016 09:00 A 15:00 horas
DOMINGO 10 de Enero de 2016 12:00 A 23:00 horas
LUNES 11 de Enero de 2016 12:00 A 01:00 horas
Vías a restringir:
- ALTO EL MANZANO-PEREIRA-RIOSUCIO-Y DE CERRITOS-CARTAGO.
- ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA.
- BARRANQUILLA-CATAGENA (VIA AL MAR).
- BARRANQUILLA-YE DE CIENAGA.
- BOGOTA-CHOACHÍ.
- BOGOTA-CHÍA-CAJICÁ-UBATÉ-CHIQUINQUIRÁ-BARBOSA-SAN GIL-BUCARAMANGA.
- BOGOTA-FUSAGASUGA-MELGAR-IBAGUE.
- BOGOTA-LA VEGA-VILLETA-HONDA Y KORÁN-GUADUAS.
- BOGOTA-TUNJA.
- BOGOTA-VILLAVICENCIO-ACACIAS.
- BOGOTA-LA CALERA-GUASCA-GUATATIVA.
- BOGOTA-MOSQUERA-FACATATIVA-SASAIMA-VILLETA.
- BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLIVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA.
- BUCARAMANGA-LA LIZAMA.
- BUCARAMANGA-SAN ALBERTO.
- BUCARAMANGA-PAMPLONA-CUCUTA.
- CALI-POPAYAN-PASTO.
- CHIA-COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT.
- CUCUTA-YE DE ASTILLEROS (antes estaba CUCUTA-SARDINATA se reduce el recorrido)
- HATILLO-BARBOSA.
- HONDA-DORADAL-MEDELLIN.
- IBAGUE-ARMENIA-LA PAILA.
- IBAGUE-HONDA.
- MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO.
- MEDELLIN-SANTA FE DE ANTIOQUIA.
- MEDELLIN-HATILLO-YARUMAL-CAUCASIA.
- MEDELLIN-PRIMAVERA-LA PINTADA-LA FELISA-LA MANUELA.
- MONTERIA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLU-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLIVAR).
- NEIVA-ESPINAL-GIRARDOT.
- NEIVA-GARZON-PITALITO-MOCOA.
- PASTO-CHACHAGUI.
- PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACA.
- RIOHACHA-VALLEDUPAR.
- SANTA MARTA-RIOHACHA.
- SANTA MARTA-FUNDACION-SAN ROQUE-AGUACHICA.
- SIBATE-ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGA.
- TUNJA-CHIQUINQUIRA.
- TUNJA-BARBOSA.
- TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO.
- VILLAVICENCIO-PUERTO LOPEZ.
- VILLAVICENCIO-CURUMAL.
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: El día Viernes 8 de Enero de 2016, la restricción unicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la ciudad de bogota.
NOTA 2: El dia 11 de Enero de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N°7 (BOGOTÁ-FUSAGASUGÁ-MELGAR-IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ-BOGOTÁ.
NOTA 3: La restricción vial N° 17 (CALI-POPAYAN-PASTO) solo aplicará para los puentes festivos de navidad, año nuevo y reyes (2015-2016).
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento de Norte de Sanatander hacia la Costa Atlántica.
NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones".
NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías - INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura - ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantaran algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puerto y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos del contacto son: Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co. Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
INFOMACIÓN SUJETA A CAMBIOS DEPENDIENDO DEL FLUJO VEHICULAR
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