Consultorio Jurídico

tomasbeagle

El Rolo
Mar 30, 2010
1,955
La cuenta de su familiar debe estar cubierta por el Soat de alguno de los vehículos involucrados, si el tope máximo del Soat se alcanza pueden suceder una de dos cosas, primera si su familiar tiene EPS ella se hará cargo de la cuenta en exceso. Si no lo tiene el hospital debe hacer el cobro a una subcuenta del Adres (antes fosya) que se llama Ecat.
Sin la presencia de su familiar o un apoderado no se puede llevar a cabo ninguna diligencia, en caso que quieran iniciar el proceso sin la comparecencia de el deben nombrarle un abogado de oficio, quien debe contactarlos para iniciar cualquier tramite. Cualquier procedimiento que se realice sin la comparecencia de su familiar es atentatorio del debido proceso.
Es preferible que nombre un abogado de confianza para que lleve el proceso.

La demanda contra el responsable puede iniciar cuando exista un fallo que determine la culpabilidad de ese responsable.
Me parece mas interesante que indague quien es el propietario del taxi, pues su familiar estaba bajo un contrato de transporte y eso genera responsabilidad civil contractual...o mejor aun demandar tanto al propietario como al conductor que se determine responsable del hecho.
Vuelvo y le reitero, busque un abogado de confianza y asegúrese que sea bueno, en la calle hay mucho abogado mediocre.
 

jdrbenz

Antiguo y Clásico
May 2, 2012
1,797
La cuenta de su familiar debe estar cubierta por el Soat de alguno de los vehículos involucrados, si el tope máximo del Soat se alcanza pueden suceder una de dos cosas, primera si su familiar tiene EPS ella se hará cargo de la cuenta en exceso. Si no lo tiene el hospital debe hacer el cobro a una subcuenta del Adres (antes fosya) que se llama Ecat.
Sin la presencia de su familiar o un apoderado no se puede llevar a cabo ninguna diligencia, en caso que quieran iniciar el proceso sin la comparecencia de el deben nombrarle un abogado de oficio, quien debe contactarlos para iniciar cualquier tramite. Cualquier procedimiento que se realice sin la comparecencia de su familiar es atentatorio del debido proceso.
Es preferible que nombre un abogado de confianza para que lleve el proceso.

La demanda contra el responsable puede iniciar cuando exista un fallo que determine la culpabilidad de ese responsable.
Me parece mas interesante que indague quien es el propietario del taxi, pues su familiar estaba bajo un contrato de transporte y eso genera responsabilidad civil contractual...o mejor aun demandar tanto al propietario como al conductor que se determine responsable del hecho.
Vuelvo y le reitero, busque un abogado de confianza y asegúrese que sea bueno, en la calle hay mucho abogado mediocre.
Muchas gracias!

Definitivamente el abogado va a ser necesario asi que ya estan volteando a buscar un buen abogado con enfasis en temas de transito en Medellín.

Una cosa: Como se puede nombrar un apoderado si la persona no se puede desplazar hasta una notaria para firmar un poder o algo por el estilo?
 

jdrbenz

Antiguo y Clásico
May 2, 2012
1,797
La cuenta de su familiar debe estar cubierta por el Soat de alguno de los vehículos involucrados, si el tope máximo del Soat se alcanza pueden suceder una de dos cosas, primera si su familiar tiene EPS ella se hará cargo de la cuenta en exceso. Si no lo tiene el hospital debe hacer el cobro a una subcuenta del Adres (antes fosya) que se llama Ecat.
Sin la presencia de su familiar o un apoderado no se puede llevar a cabo ninguna diligencia, en caso que quieran iniciar el proceso sin la comparecencia de el deben nombrarle un abogado de oficio, quien debe contactarlos para iniciar cualquier tramite. Cualquier procedimiento que se realice sin la comparecencia de su familiar es atentatorio del debido proceso.
Es preferible que nombre un abogado de confianza para que lleve el proceso.

La demanda contra el responsable puede iniciar cuando exista un fallo que determine la culpabilidad de ese responsable.
Me parece mas interesante que indague quien es el propietario del taxi, pues su familiar estaba bajo un contrato de transporte y eso genera responsabilidad civil contractual...o mejor aun demandar tanto al propietario como al conductor que se determine responsable del hecho.
Vuelvo y le reitero, busque un abogado de confianza y asegúrese que sea bueno, en la calle hay mucho abogado mediocre.

Bueno de antemano disculpen el doble post pero es para tratar la continuación de la respuesta de @tomasbeagle

Por el momento la EPS (SURA) lo va a seguir atendiendo, el problema es que actualmente se encuentra en un hospital de 4to nivel y pueden mantener el paciente estable sobretodo por unas complicaciones cardíacas muy serias que tiene de hace tiempo y la EPS está tramitando un traslado a un hospital de otro nivel ya que dice que no cuenta con convenio con este hospital aunque igual mi pariente sigue recluido en la UCE

mi pariente cuenta con una tutela integral ante SURA pero que mecanismos se podrían usar para evitar a toda costa un traslado a otro hospital ? Por el momento no se tiene información del seguro de los carros involucrados
 

tomasbeagle

El Rolo
Mar 30, 2010
1,955
Bueno de antemano disculpen el doble post pero es para tratar la continuación de la respuesta de @tomasbeagle

Por el momento la EPS (SURA) lo va a seguir atendiendo, el problema es que actualmente se encuentra en un hospital de 4to nivel y pueden mantener el paciente estable sobretodo por unas complicaciones cardíacas muy serias que tiene de hace tiempo y la EPS está tramitando un traslado a un hospital de otro nivel ya que dice que no cuenta con convenio con este hospital aunque igual mi pariente sigue recluido en la UCE

mi pariente cuenta con una tutela integral ante SURA pero que mecanismos se podrían usar para evitar a toda costa un traslado a otro hospital ? Por el momento no se tiene información del seguro de los carros involucrados

Claro que pueden remitirlo a otra entidad (IPS) que tenga habilitado el servicio de UCI, pero por experiencia eso difícilmente ocurre por tres situaciones:
1. Riesgo del traslado, mover un paciente entubado (respirador artificial) no es sencillo pues se requiere personal especializado y una ambulancia TAM con ventilación mecánica.
2. Las instituciones se cuidan mucho del riesgo de trasladar bacterias nosocomiales entre instituciones, pues son muy difíciles de controlar y pueden terminar con una que no exista en la institución receptora.
3. Disponibilidad de camas (UCI) en la institución receptora.
 

vidalberto

Alto kilometraje
Ago 22, 2011
65
Hola, Tengo una duda, hace 30 años se vendió un carro y al parecer no hizo el tramite ante el transito (No tiene los papeles de la compraventa ni recuerda a quien se vendió) y el carro figura a su nombre aún. Estuve averiguando y se debe hacer un "Traspaso a persona indeterminada" pero ese tramite solo se podía hacer hasta diciembre 2018. Afortunadamente todo lo del carro esta al día pero queremos evitar problemas a futuro. ¿Que debo hacer para que el carro no siga apareciendo a nuestro nombre?
 

jdrbenz

Antiguo y Clásico
May 2, 2012
1,797
Hola, Tengo una duda, hace 30 años se vendió un carro y al parecer no hizo el tramite ante el transito (No tiene los papeles de la compraventa ni recuerda a quien se vendió) y el carro figura a su nombre aún. Estuve averiguando y se debe hacer un "Traspaso a persona indeterminada" pero ese tramite solo se podía hacer hasta diciembre 2018. Afortunadamente todo lo del carro esta al día pero queremos evitar problemas a futuro. ¿Que debo hacer para que el carro no siga apareciendo a nuestro nombre?
si no estoy mal el traspaso a persona indeterminada sigue vigente
 

Rafael Guerrero Perez

Nuevo usuario
Mar 18, 2019
1
Buenas tardes.

Soy nuevo en el foro vengo con toda la intención de aportar mi conocimiento y experiencia, ademas a aprender.

Hoy traigo el siguiente caso, mi familia tiene un taller Automotriz en la ciudad de Cartagena, hasta cierta fecha hubo falencias en el proceso de recepción de vehículos, hace 3 años recibimos un Citroen Xantia, para cambiar árbol de levas, el cliente tuvo una crisis económica y literalmente "se perdió del mapa" desde ese ida no hemos sabido mas de el, el carro se ha deteriorado un poco y nos esta generando desorden y perdida de espacio.

Quien me puede ayudar en este tema, cual es el procedimiento legal para con el vehículo.

Quedo atento a sus amables comentarios y gracias de antemano.
 

josebar1

Antiguo y Clásico
Nov 21, 2009
617
Buenas tardes.

Soy nuevo en el foro vengo con toda la intención de aportar mi conocimiento y experiencia, ademas a aprender.

Hoy traigo el siguiente caso, mi familia tiene un taller Automotriz en la ciudad de Cartagena, hasta cierta fecha hubo falencias en el proceso de recepción de vehículos, hace 3 años recibimos un Citroen Xantia, para cambiar árbol de levas, el cliente tuvo una crisis económica y literalmente "se perdió del mapa" desde ese ida no hemos sabido mas de el, el carro se ha deteriorado un poco y nos esta generando desorden y perdida de espacio.

Quien me puede ayudar en este tema, cual es el procedimiento legal para con el vehículo.

Quedo atento a sus amables comentarios y gracias de antemano.
Primero debe determinar si el propietario del vehículo es el mismo poseedor, es decir la persona que lo entrego a su taller.
Segundo debe plantear su posición frente a las intenciones con el vehículo es decir que quiere hacer con el;
Ud. puede iniciar un proceso de prescripción y adquirir el dominio o con la factura de parqueo/reparación iniciar un ejecutivo contra el propietario/poseedor.
 

Theovelasquez

Nuevo usuario
Abr 15, 2019
1
Hola, quería comentar un tema sobre una situación que tengo en estos momentos, de pronto alguien me puede dar una orientación sobre esta.


Realice la solicitud para un crédito de vehículo de segunda, la cual fue aceptada, presente el vehículo a comprar y el banco ordeno presentar los tramites y la documentación necesaria, como también realizar el peritaje del vehículo en un CDA autorizado por ellos, realice todos los trámites y el peritaje correspondiente y asegure el vehículo, el banco autorizo el desembolso y se realizó la compra, al paso de unos meses me di cuenta que el carro era un vehículo siniestrado por SURA y que en el peritaje realizado aparecía esa observación, es pertinente reclamar por esto ante el banco o una entidad reguladora? Ya que a mi parecer el banco debió autorizar la compra de este vehículo y omitió la revisión correspondiente de la documentación presentada.


Muchas gracias
 

jdrbenz

Antiguo y Clásico
May 2, 2012
1,797
Hola, quería comentar un tema sobre una situación que tengo en estos momentos, de pronto alguien me puede dar una orientación sobre esta.


Realice la solicitud para un crédito de vehículo de segunda, la cual fue aceptada, presente el vehículo a comprar y el banco ordeno presentar los tramites y la documentación necesaria, como también realizar el peritaje del vehículo en un CDA autorizado por ellos, realice todos los trámites y el peritaje correspondiente y asegure el vehículo, el banco autorizo el desembolso y se realizó la compra, al paso de unos meses me di cuenta que el carro era un vehículo siniestrado por SURA y que en el peritaje realizado aparecía esa observación, es pertinente reclamar por esto ante el banco o una entidad reguladora? Ya que a mi parecer el banco debió autorizar la compra de este vehículo y omitió la revisión correspondiente de la documentación presentada.


Muchas gracias
Si el vehiculo no es doble siniestro y fue correctamente reparado osea que paso el peritaje de Sura post reparacion creo que no habria problema alguno para el desembolso del dinero por parte del banco ni tiene porque tener algun problema de asegurabilidad, creeria que su caso en particular es mas uno de honestidad del vendedor pero si el vehiculo esta funcionando correctamente no veo como podria iniciar un proceso por estafa.

De todas formas seguro alguien con mayor conocimiento en el tema podra colaborarle mas a fondo
 

Guse

Antiguo y Clásico
Mar 30, 2014
1,714
Hola, quería comentar un tema sobre una situación que tengo en estos momentos, de pronto alguien me puede dar una orientación sobre esta.


Realice la solicitud para un crédito de vehículo de segunda, la cual fue aceptada, presente el vehículo a comprar y el banco ordeno presentar los tramites y la documentación necesaria, como también realizar el peritaje del vehículo en un CDA autorizado por ellos, realice todos los trámites y el peritaje correspondiente y asegure el vehículo, el banco autorizo el desembolso y se realizó la compra, al paso de unos meses me di cuenta que el carro era un vehículo siniestrado por SURA y que en el peritaje realizado aparecía esa observación, es pertinente reclamar por esto ante el banco o una entidad reguladora? Ya que a mi parecer el banco debió autorizar la compra de este vehículo y omitió la revisión correspondiente de la documentación presentada.
Muchas gracias

Creo que queria decir que el banco no debio prestarle el dinero?

Según lo que dice usted compro un carro que tuvo un siniestro y ahora tiempo después se dio cuenta que tiene una reclamación y considera que el banco no hizo su trabajo, si en el peritaje ordenado por el banco aparece que tuvo un siniestro pagado por SURA quere decir que el CDA donde lo llevo por el banco hizo su trabajo y advirtio pero tuvo un buen arreglo y si esta asegurado debe ser que esta bien reparado, el error no es del banco o CDA, sino que ud debio hacer un peritaje por su lado y hacer la tarea de saber el historial del carro antes de presentar los papeles y tramites ante el banco, quien decide si compra o no compra el carro es usted no el banco o el CDA que el banco designa para prestarle el dinero. Si el banco considera que el valor que le va a prestar esta amparado con el carro hace el desembolso y ya, la responsabilidad corre por su parte.
 

tomasbeagle

El Rolo
Mar 30, 2010
1,955
Al banco lo único que le preocupa es que usted pague sus cuotas y que en caso que no lo haga este el bien que respalde la deuda. El banco evaluó su capacidad de pago y que la garantía fuera suficiente, y sin importar si tuvo un siniestro anterior se determinó como asegurable (primera condicion de garantia)y que el valor comercial cubra el saldo de la deuda frente a un impago(segunda condicion de garantia).

La única acción posible es por vicio oculto, aunque si al vehiculo le hicieron peritaje usted debió hacer conocido ese hecho por lo que creo no aplicaría pues usted tiene deber de diligencia que no atendió debidamente.
 
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alguienoalgo

Antiguo y Clásico
Ene 2, 2014
753
Hola, quería comentar un tema sobre una situación que tengo en estos momentos, de pronto alguien me puede dar una orientación sobre esta.


Realice la solicitud para un crédito de vehículo de segunda, la cual fue aceptada, presente el vehículo a comprar y el banco ordeno presentar los tramites y la documentación necesaria, como también realizar el peritaje del vehículo en un CDA autorizado por ellos, realice todos los trámites y el peritaje correspondiente y asegure el vehículo, el banco autorizo el desembolso y se realizó la compra, al paso de unos meses me di cuenta que el carro era un vehículo siniestrado por SURA y que en el peritaje realizado aparecía esa observación, es pertinente reclamar por esto ante el banco o una entidad reguladora? Ya que a mi parecer el banco debió autorizar la compra de este vehículo y omitió la revisión correspondiente de la documentación presentada.


Muchas gracias

antes de presentar los papeles debió ud revisar el peritaje y si ahí indicaba claramente que era siniestrado la negligencia es suya
 

fefen80

Despegó motor
Abr 2, 2008
331
Amigos un cordial saludo, muy agradecido si me pueden guiar respecto a la mejor manera de proceder frente a esta situación: A mí, abuelita un adulto mayor de 90 años con Alzheimer diagnosticado, un familiar le esta pidiendo la firma para elaborar un contrato de arrendamiento que afecta un terreno que tiene varios copropietarios, sin consultarles a los demás, ni permitirles conocer el contrato. ¿Qué debemos hacer par que no se tome ventaja de la condición de mi abuelita? Les agradezco lo que me puedan colaborar. Saludos
 

Guse

Antiguo y Clásico
Mar 30, 2014
1,714
Amigos un cordial saludo, muy agradecido si me pueden guiar respecto a la mejor manera de proceder frente a esta situación: A mí, abuelita un adulto mayor de 90 años con Alzheimer diagnosticado, un familiar le esta pidiendo la firma para elaborar un contrato de arrendamiento que afecta un terreno que tiene varios copropietarios, sin consultarles a los demás, ni permitirles conocer el contrato. ¿Qué debemos hacer par que no se tome ventaja de la condición de mi abuelita? Les agradezco lo que me puedan colaborar. Saludos
Creo que lo que podría hacerse es declarar a su abuelita interdicta y que la persona designada sea quien se encargue de esos tramites.
 
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fefen80

Despegó motor
Abr 2, 2008
331
Creo que lo que podría hacerse es declarar a su abuelita interdicta y que la persona designada sea quien se encargue de esos tramites.
Muchísimas gracias, ya con la indicación que me dió pude averiguar más y es exactamente lo que necesito. Muy agradecido.
 
Última edición:
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andrey

Antiguo y Clásico
May 24, 2012
424
Saludos, tengo una situacion y acudo a este espacio del foro para ver si alguien tiene mas conocimiento del tema. Instaure una PQR en directv por insatisfaccion con el servicio de internet por constantes caidas y bajas de velocidad, en la carta que envie les exprese mi deseo de retirarme del servicio sin pagar clausula de permanencia por que a mi parecer no estan prestando correctamente el servicio contratado. Ellos respondieron la PQR casi un mes despues diciendo que habian hecho algunos ajustes en la zona y bla bla bla... mi pregunta es al pasar mas de 15 dias habiles en darme respuestas se puede considerar como silencio administrativo , pero puedo usar esto en base para retirarme sin pagar clausula teniendo en cuenta que eso exprese en la solicitud?
 

cazuluia

Antiguo y Clásico
Ago 29, 2013
290
Cordial saludo.

Les consulto sobre una situación esperando que alguien me pueda indicar como debo proceder.
Yo resido en Medellín. En el año 2014 fui sancionado con dos foto-multas, una en Arjona y la otra en Turbaco (Departamento de Bolívar). Las ignoré pensando que podía dejar que caducaran.

1. Ocurrió en julio de 2018 que retiraron de mi cuenta de ahorros el 150% del valor de una multa en esa fecha, al indagar encontré que se había ejecutado un embargo en favor de la secretaría de tránsito del municipio de Arjona. Procedí a comunicarme por vía telefónica y la respuesta que recibí fue:
- Usted debe cancelar la multa a través del SIMIT y luego reclamar el dinero embargado redactando un derecho de petición, o,
- Usted puede esperar a que los funcionarios de la secretaría de tránsito de Arjona liquiden ese cobro y quiten la sanción de dicha secretaría y del SIMIT. Yo elegí esta opción y decidí esperar.

2. Luego en julio de 2019, retiraron nuevamente dinero de mi cuenta de ahorros por concepto de embargo, esta vez de ambas secretarías de tránsito Arjona y Turbaco, cada una por un valor de 150% del valor de la multa en esa fecha. Me comuniqué con ambas secretarías de tránsito (por vía telefónica y correo electrónico) y recibí la misma respuesta de hace una año: pague y después reclame, o espere a que los funcionarios liquiden el cobro.

Entonces ya me cobraron dos veces la multa de Arjona; me da desconfianza pagar por el SIMIT y perder más dinero; y temo que me sigan embargando por las mismas multas. Al Banco Agrario le solicité los soportes del embargo y me dieron los números de los fallos judiciales. Las dos foto-multas se causaron por circular a poco más de 40 Km/h en zonas donde el límite permitido era de 30Km/h.

¿Qué hago?