Un parqueadero es propiedad privada y los agentes de tránsito no tienen ninguna autoridad ahí
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Me corregirán ustedes, pero creo que los agentes de tránsito SI tienen autoridad dentro de los parqueaderos:
Código de Tránsito de Colombia
Título I - Disposiciones Generales
CAPÍTULO I - PRINCIPIOS
Artículo 1° Ámbito de Aplicación y Principios. Modificado Artículo 1º Ley 1383 de 2010.
Las normas del presente Código rigen en todo el territorio nacional y regulan la circulación de los peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentes de tránsito, y vehículos por las vías públicas o privadas que están abiertas al público, o en las vías privadas, que internamente circulen vehículos; así como la actuación y procedimientos de las autoridades de tránsito.