Multas y comparendos

RAVC328

Antiguo y Clásico
Ene 14, 2013
350
A mi me notificaron de una foto multa, sin embargo en el sistema simit no aparecía, por ende no le pare bolas, de un momento a otro me apareció en el sistema y ya no había nada que hacer, toco pagarla al 100% porque se habían vencido los términos para pagarla con descuento
 

ferberquin

Despegó motor
Feb 23, 2011
112
Un policía de control y vigilancia no puede pedir licencia de conducción, certificado de técnico-mecánica, Soat u otros seguros del carro y el conductor tampoco está obligado a mostrárselos?
Buen día, bueno¡¡¡ esa es la pregunta, y donde hay una ley redactada sobre esto, ya que para uno exigir sus derechos cuando este en esta situación es mejor hacerlo con algo solido y no que sea un rumor que lo haga quedar en ridículo o peor aun, que estos señores agentes, crecidos por su arma y su uniformen la emprendan con uno como ya me paso. Agradezco un link que me quite todas las dudas o en efecto me redireccionen a una pagina.
 

lucasmesa

Alto kilometraje
Ene 9, 2014
79
Perdón por seguir enfatizando, pero siempre he creído que en caso de accidente, el SOAT no debería cubrir los gastos de las personas implicadas que no llevaran puesto su cinturón, ya que no es justo que por física pereza el sistema se vea recargado con grandes gastos médicos que fácilmente serían menores si se usara el cinturón.

Por fortuna de la ciudadanía el "Sistema" como usted lo llama, no se rige con la lógica que expone y es que no es posible calificar con amplio porcentaje de acertividad que en todos los accidentes de tránsito el cinturón de seguridad actué como determinante para graduar la gravedad de una lesión. En ese entendido se presentan accidentes de tránsito en los cuales el cinturón de seguridad no influye absolutamente en el resultado para las personas o en contraste, actúa como causante de lesiones mayores, al igual, quién lo creyera; las bolsas de aire, si usted se da una revisada por Internet encontrara accidentes donde bolsas de aire en un automóvil han causado muertes y pensará, pero son más las vidas que salva, no cabe duda, pero, al igual que como en su reflexión con el cinturón de seguridad, cada caso debe mirarse desde su especificidad, generalizar sería cometer un error gravísimo.

Ejemplo: http://es.wikipedia.org/wiki/Tragedia_en_la_Avenida_Suba_de_2004

En ese caso que traigo a colación, cinturones de seguridad y bolsas de aire; resultarían completamente inútiles o incluso podrían actuar como agentes determinantes de un perjuicio mayor para posibles sobrevivientes.

Así las cosas, resulta que va un amigo forista en su automóvil, un modelo que es bien visto en este Foro por sus elementos de seguridad pasiva y que adquirió porque leyó en estas paginas justamente esos comentarios positivos, sin siquiera imaginárselo, como del cielo le cae encima un vehículo de varias toneladas... ¿será que lo aconsejaron mal?, ¿no funciono el cinturón?, ¿no funcionaron las bolsas de aire? El día que el "Sistema" como usted refiere imponga los antedichos como óbice para acceder a un servicio por accidente de tránsito, va a ser nefasto para el sentido de realidad que debe acompañar y regir las actuaciones jurídicas.

Ahora fíjese en este accidente:


"Sumercé" puede observar el automóvil que esta implicado en los hechos e infiere uno desde lo que muestra el video, que un cinturón de seguridad, por ejemplo, nada hubiera podido hacer por el conductor, que por cierto, falleció. Este accidente es un caso típico donde los sistemas de seguridad pasiva de muchos automóviles actuales no hubieran podido variar el resultado de lo sucedido. Incluso, si el autobús, por ejemplo, equipara bolsa de aire para peatones, en nada hubiera cambiado la suerte del peatón que murió, toda vez que la velocidad con la cual fue impactado por un objeto de ese peso, anularía cualquier posibilidad real de sobrevivir.

Mire este:


Niños atrapados en el autobús, todos los que he puesto han sido en Colombia, imagínese usted este caso, todos los ocupantes con sus cinturones de seguridad, supongamos que se dispusiera de ellos, bueno, el resultado hubiera sido aún peor, porque supondría una barrera adicional para los sobrevivientes.

La conclusión que quiero para este tema, es que en no en todos los casos elementos de seguridad pasiva son la diferencia entre la vida y la muerte, hay situaciones incluso en las que resultan tan poco útiles como una calcomanía.
 
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PPGSM

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Feb 23, 2008
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Y en otras situaciones, no tener elementos de seguridad pasiva equivale a tener una calcomanía (mejor dicho, una etiqueta)...

2986287362_b3fd473139_z.jpg
 

Kota

Antiguo y Clásico
Sep 17, 2012
2,623
Aunque cumple su cometido el letrero, sigue siendo curioso que se use porque la policía puede "molestar".

____________________

Por otro lado, comparto lo que expresado en la revista motor sobre la multiplicidad de colores en la carrocería:

La presencia de un segundo color en el carro debe registrarse

Sinceramente, la vaguedad la norma nos deja a merced de las interpretaciones que le de el tránsito o, peor aún, a la aplicación caprichosa dependiendo del marrano (como pasa con casi todo). Yo creo que lo mejor será registrar toda la escala cromática. :confused:
 

aletol1984

Antiguo y Clásico
Nov 7, 2012
1,730
Aunque cumple su cometido el letrero, sigue siendo curioso que se use porque la policía puede "molestar".

____________________

Por otro lado, comparto lo que expresado en la revista motor sobre la multiplicidad de colores en la carrocería:

La presencia de un segundo color en el carro debe registrarse

Sinceramente, la vaguedad la norma nos deja a merced de las interpretaciones que le de el tránsito o, peor aún, a la aplicación caprichosa dependiendo del marrano (como pasa con casi todo). Yo creo que lo mejor será registrar toda la escala cromática. :confused:

Estuve leyendo ese articulo y verificando los conceptos, es verdad, en ninguna parte se hace mencion de que existe excepciones por un porcentaje de ocupacion de un segundo color en la carroceria del carro. Entonces para aquellos gomosos que les gustan dibujar las rayas estilo auto de carreras o cambiar los colores originales de los bumper (Pues la norma habla de alterar originalidad, si su carro tenia los bumper negros y le da por dejarlos de color distinto al de la carroceria) pues debe registrar ese color en transito para la tarjeta de propiedad. Una cosa la ventaja de que la tarjeta tenga los dos colores registrados no lo limitara de la forma en que lo pinte ejm: Rojo-azul, puede dejar todo el carro azul con lineas rojas o viceversa.
 
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Frosch

Antiguo y Clásico
Oct 13, 2010
1,629
Señores, ¿Un par de agentes de la Policía (Normales, verdes) en su respectiva patrulla, pueden tomar fotos para "Fotomulta"?

Anoche estaba con algunos amigos en una bomba a las afueras de la ciudad. En la parte donde estábamos no habían surtidores de gasolina, no se estaba obstruyendo ninguna vía ni se estaba haciendo nada. (Aunque era muy tarde y es un sitio donde se suelen reunir para hacer piques). El problema es que ellos iban en sus Jettas GLI totes totes, eso sí, nada lobos. Los habían organizados para una foto.

Bueno la vaina es que llego una Duster de la policía con cámara en el techo y se acercaron frente a cada vehículo que no estaba en la bahía de parqueo, cuando dos de ellos se acercaron a preguntarles que que pasaba, los policías respondieron que estaban tomando fotos y que les llegaría una fotomulta a sus casas.

La escena:

20150522074925 (1).jpg
 
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JuanSebastián

Don Antojos - Linguo
Feb 27, 2010
4,139
Si ese es un lugar privado, no tiene lógica alguna que les pongan comparendo. Lo que pueden hacer es tomar foto para revisar temas de SOAT o revisión, pero no de comparendo.

En todo caso, si efectivamente llega el comparendo yo lo pelearía. Por último, yo redactaría un derecho de petición, amparado en un tema de habeas data, para saber qué se hizo con esas fotos que tomaron los policías.
 

PPGSM

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Feb 23, 2008
63,458
Señores, ¿Un par de agentes de la Policía (Normales, verdes) en su respectiva patrulla, pueden tomar fotos para "Fotomulta"?

Anoche estaba con algunos amigos en una bomba a las afueras de la ciudad. En la parte donde estábamos no habían surtidores de gasolina, no se estaba obstruyendo ninguna vía ni se estaba haciendo nada. (Aunque era muy tarde y es un sitio donde se suelen reunir para hacer piques). El problema es que ellos iban en sus Jettas GLI totes totes, eso sí, nada lobos. Los habían organizados para una foto.

Bueno la vaina es que llego una Duster de la policía con cámara en el techo y se acercaron frente a cada vehículo que no estaba en la bahía de parqueo, cuando dos de ellos se acercaron a preguntarles que que pasaba, los policías respondieron que estaban tomando fotos y que les llegaría una fotomulta a sus casas.

La escena:

iYuV2Zs.jpg

Cambie la foto de host. Está bloqueado por Claro :confused:
 
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Frosch

Antiguo y Clásico
Oct 13, 2010
1,629
Si ese es un lugar privado, no tiene lógica alguna que les pongan comparendo. Lo que pueden hacer es tomar foto para revisar temas de SOAT o revisión, pero no de comparendo.

En todo caso, si efectivamente llega el comparendo yo lo pelearía. Por último, yo redactaría un derecho de petición, amparado en un tema de habeas data, para saber qué se hizo con esas fotos que tomaron los policías.

Gracias Juan.
 

PPGSM

Administrador, Presunto Robot
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Feb 23, 2008
63,458
Viendo la foto, la conclusión es que los de la Duster están excediendo sus atribuciones. Ni siquiera son de tránsito y uds. no están infringiendo ninguna norma.
 
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jose maria

Antiguo y Clásico
Ene 17, 2010
2,241
La semana pasada me llegó un comparendo, algo injusto para mi concepto, iba a 44 kms en zona de 30, es una vía que conduce de la autopista Sur a la Regional, de tres carriles (la que conecta a Itagüí y Sabaneta). Está señalizada, allí no hay cámaras pero estacionaron un auto de fotodetección y listo.
Leyendo sobre el tema me llama la atención que en el fallo del Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia 25000234200020130432901, sep. 26/13, M. P. Carmen Teresa Briceño. Se habla de que la notificación debe ser en los tres días siguientes de cometida la infracción. Por un lado me llegó 8 días después, no la firmé, mi madre lo hizo. Hablando con una amiga guarda de transito me dice que elabore un derecho de petición, en el cual nombre que requiero la revisión de la calibración (documento que lo demuestre). Ella me cuenta que esos aparatos no están calibrados, además que diga que a mi parecer y según mis instrumentos iba a 30 kms, me dice que así ha ganado gente el derecho de petición.
Tengo dos preguntas.
1. ¿Qué saben al respecto de lo que estoy hablando?
2. ¿En el derecho de petición es mejor hablar de todos lo que deseo se aclare: tiempo de llegada de la notificación, calibración, etc? o solo hablo de una cosas y luego si no logro nada expongo el otro argumento.

Gracias.
 

fagonzaleza

Antiguo y Clásico
Dic 31, 2013
1,510
La semana pasada me llegó un comparendo, algo injusto para mi concepto, iba a 44 kms en zona de 30, es una vía que conduce de la autopista Sur a la Regional, de tres carriles (la que conecta a Itagüí y Sabaneta). Está señalizada, allí no hay cámaras pero estacionaron un auto de fotodetección y listo.
Leyendo sobre el tema me llama la atención que en el fallo del Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia 25000234200020130432901, sep. 26/13, M. P. Carmen Teresa Briceño. Se habla de que la notificación debe ser en los tres días siguientes de cometida la infracción. Por un lado me llegó 8 días después, no la firmé, mi madre lo hizo. Hablando con una amiga guarda de transito me dice que elabore un derecho de petición, en el cual nombre que requiero la revisión de la calibración (documento que lo demuestre). Ella me cuenta que esos aparatos no están calibrados, además que diga que a mi parecer y según mis instrumentos iba a 30 kms, me dice que así ha ganado gente el derecho de petición.
Tengo dos preguntas.
1. ¿Qué saben al respecto de lo que estoy hablando?
2. ¿En el derecho de petición es mejor hablar de todos lo que deseo se aclare: tiempo de llegada de la notificación, calibración, etc? o solo hablo de una cosas y luego si no logro nada expongo el otro argumento.

Gracias.

Todo instrumento de medición "serio" debe poseer un certificado de calibración. Este documento debe ser emitido por un laboratorio de metrología o por un organismo acreditado debidamente. Aunque desconozco la minucia de la metrología de los detectores de velocidad, consideraría que si debería solicitar el certificado de calibración del detector de velocidad. Hay que tener en cuenta que la periodicidad de calibración de un instrumento depende en gran medida del uso que se le dé; que para el caso de detectores pienso que deber ser intensivo, por lo tanto esos aparatos deberían tener una calibración más o menos frecuente.
 
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David Betancourth

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Ene 4, 2012
1,111
El dia de ayer note una camara para fotomultas en Itagui, una en el desvio desde la regional hacia el C.C Mayorca y otra donde construyen el Puente a la altura de Suramerica. El problema es que en la segunda camara iba a alrededor de 90Km/h. No sabia que existen dichas camaras, ya estaran funcionanado?? en la red dice que a partir del 1ro de junio, alguien sabe al respecto??.....quede preocupado.:(:(:(:mad:
 

jcortiz0

Antiguo y Clásico
Abr 21, 2010
6,158
El dia de ayer note una camara para fotomultas en Itagui, una en el desvio desde la regional hacia el C.C Mayorca y otra donde construyen el Puente a la altura de Suramerica. El problema es que en la segunda camara iba a alrededor de 90Km/h. No sabia que existen dichas camaras, ya estaran funcionanado?? en la red dice que a partir del 1ro de junio, alguien sabe al respecto??.....quede preocupado.:(:(:(:mad:
David, la cámara antes del puente de Suramerica apenas la instalaron antier y para mi que todavía no está en funcionamiento, diría que falta la parte de conexión electrónica.
pd: la de Itaguí si lleva su tiempo en funcionamiento.
 
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calviche82

Antiguo y Clásico
Jun 21, 2010
121
Una consulta muchachos

Hace mas de un año me hicieron un parte, yo lo pagué a la semana siguiente y realicé el curso, consulto el simio hoy y aún esta la infracción, la cosa es que he buscado por todo lado el recibo de pago y el curso y no lo encuentro, si voy al banco y pido copia me la dan? lo mismo para el curso?

Gracias!!!
 

ony99

Nuevo usuario
Jun 23, 2015
1
De antemano gracias por su ayuda y orientación.

Vendí un carro hace 3 años (placas de Chia), el traspaso está adecuadamente realizado (se puede verificar en el RUNT), tengo el certificado de tradición del vehículo que confirma el traspaso y el dueño actual. Sin embargo, en diciembre pasado se realizó un foto comparendo al vehículo (en Bogotá) y el comparendo fue asignado a mi cédula, mediante un derecho de petición obtuve una resolución de nulidad del comparendo y pensé que ese sería el fin del problema. Hace dos meses un nuevo foto comparendo (en Bogotá) también fue asignado a mi cédula.

A donde tengo que acudir (y que hacer) para solicitar que se actualice la propiedad del vehículo como aparece en el RUNT, ¿los foto comparendos en Bogotá de donde obtienen los datos del propietario?.