COMO ACTUAR EN CASO DE UN ACCIDENTE

DG2008

Antiguo y Clásico
Feb 2, 2008
2,442
Para arreglar eso el transito debio haber estado, sino estuvo, ahi si se complica ellos deben saber todo eso y lo deben hacer en el acta del choque. Lo ideal es llamar al seguro que ellos se encargan de todo, y evitar hablar porque es un juego de palabras que lo pueden o se puede uno mismo hundir mas. Por ejemplo "cruce a la izquierda y lo choque" ahi ya se esta metiendo la culpa, toca decir como cruce a la izquierda y ahi estaba el otro y ocurrio el accidente, es todo un juego. Lo ideal es que los abogados del seguro actuen que ellos saben que hacer.
 

PPGSM

Administrador, Presunto Robot
Miembro del equipo
Feb 23, 2008
64,139
danielgomez2008 dijo:
Para arreglar eso el transito debio haber estado, sino estuvo, ahi si se complica ellos deben saber todo eso y lo deben hacer en el acta del choque. Lo ideal es llamar al seguro que ellos se encargan de todo, y evitar hablar porque es un juego de palabras que lo pueden o se puede uno mismo hundir mas. Por ejemplo "cruce a la izquierda y lo choque" ahi ya se esta metiendo la culpa, toca decir como cruce a la izquierda y ahi estaba el otro y ocurrio el accidente, es todo un juego. Lo ideal es que los abogados del seguro actuen que ellos saben que hacer.

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M89

Administrador
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Feb 1, 2008
19,827
Sí, estuvo el tránsito, lo que les pongo en el segundo mensaje es lo que decía según mi amiga el croquis, a ver si todavía se puede hacer algo, porque culpa de ella no es y sería bastante emputante que por la ignorancia y la estupidez de alguien ella lleve del bulto (más).



Saludos..................
 

Mauricio Castillo

Antiguo y Clásico
Mar 6, 2008
1,161
Manuel89 dijo:
Sí, estuvo el tránsito, lo que les pongo en el segundo mensaje es lo que decía según mi amiga el croquis, a ver si todavía se puede hacer algo, porque culpa de ella no es y sería bastante emputante que por la ignorancia y la estupidez de alguien ella lleve del bulto (más).



Saludos..................
Por simple logica, la bestia ignorante, imprudente, etc.......en fin el HP ese que bien hubiese podido causar un accidente con lamentables consecuencias es a todas luces culpable, asi esta situacion no este claramente contemplada en el codigo de transito. Lo mejor es asesorarse con el servicio juridico de la aseguradora, por que como usted menciona Manuel, seria frustrante que su amiga terminara pagando los platos rotos, toca tener en cuenta a que velocidad se desplazaba ella, por que de eso se puede pegar el bruto ese para fregar a su amiga.
 

juancarlosdpa

Nuevo usuario
Abr 9, 2009
7
¿Cuánto cuesta no conciliar en accidente de tránsito?

¿Cuánto cuesta no conciliar en accidente de tránsito?
En el periodico el tiempo encontre este articulo que me parecio muy interesante compartirlo con ustedes. espero opiniones


La policía de transito está en la libertad de ponerle un comparendo bajo el código 36 por “bloquear una calzada o una intersección con un vehículo”.
Ante un eventual choque, se recomienda conciliar con la contraparte para poder evadir los comparendos, el servicio de grúa y la sacada de los patios. Estos pagos pueden salir más costosos que el mismo estrellón.
Estrellarse en un automóvil puede ser una de las situaciones más incómodas y demoradas. Muchas personas no saben que ante un eventual choque, se recomienda conciliar con el otro afectado antes de pedir el respectivo croquis por parte de los policías de tránsito. Esto se debe a qué por el hecho de estrellarse, está bloqueando una calzada o una intersección con un vehículo y es necesario como mínimo poner un parte.

Si el estrellón fue duro y usted considera que realmente necesita que se le levante un croquis, pues hágalo. Pero si no es un estrellón grave, se recomienda conciliar porque le puede salir más caro todo el procedimiento legal con el tránsito, que reparar el daño causado.

La policía de transito está en la libertad de ponerle un comparendo bajo el código 36 por “bloquear una calzada o una intersección con un vehículo”. Este comparendo tiene un valor de 15 Smlv, es decir de $248.505. De igual manera, si el policía de tránsito considera que se debe inmovilizar el vehículo, debe pagar la grúa y los patios. Necesitaría sacar del bolsillo aproximadamente $70.800 para la grúa y para los patios que valen el primer día $41.400 y los demás $31.400.

Ahora bien, los infractores tienen 3 días hábiles después de impuesto el comparendo para pagarlo, si no cancela la multa dentro este tiempo, el valor de la multa se duplica y tendría que pagar $497.000. Así mismo, los infractores pueden asistir a los cursos para obtener el 25% de descuento en el comparendo para reducir el valor a $186.400. Este beneficio de obtener el 25% de descuento en su comparendo, está establecido en el Artículo 136 de la Ley 769 de 2002.

El curso pedagógico no tiene costo, debe realizarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la imposición del comparendo. Estos se cuentan a partir del día hábil siguiente a la imposición del mismo. Si cancela el 75% del comparendo pero no se asiste al curso dentro de los tres días siguientes, el saldo se duplicará sobre el total.

Así pues, si no decide conciliar, tendría que pagar solo en trámites entre $298.600y $609.200 que incluye el comparendo, la grúa y un día de patios. A veces puede salir más caro la tramitología accidente que el estrellón mismo.

 

Independiente

Antiguo y Clásico
Feb 29, 2008
7,293
Recien sucede el accidente normalmente las dos partes estan "emp**adas" y se agreden verbalmente porque siempre es el otro quien tuvo la culpa. El policía debe llegar a calmar los animos y esperar a ver si aparece el "ánimo conciliador".

Eso de la posibilidad de multar por obstaculizar la via pública es carreta. Puede que legalmente exista la figura, pero en la realidad nunca la he vivido. De pronto cuando la gente vulgar por la calentura se pone grosera y alzada con el uniformado pues ahí hasta les encuentro razón a que abusen un poquito de la autoridad. Hay muchos conductores guaches que "tras de ladrón, bufón".

Un mal arreglo siempre será mejor que un buen pleito. Yo trato de conciliar, pero si el personaje del otro carro es un gamín bien grosero, entonces no le respondo y le solicito al policía que siga el procedimiento y haga todo lo que tenga que hacer porque por mi parte el seguro se debe encargar.

O.T. juancarlosdpa: Muy particular su avatar :twisted: .
 

joelandia

Nuevo usuario
Abr 14, 2010
7
Inquietud

Hoy tuve un accidente con una moto, hice el pare y como las motos que venian cruzaron hacia otro lado segui mi camino, y de la nada salio otra moto que iba como meteoro, la joven se raspo la cara, al igual que la moto que tambien solo tuvo raspaduras, en cambio a mi carro si se le daño la defensa, a ella se la llevaron en ambulancia, me hicieron prueba de alcoholemia (que salio perfecta) la policia levanto el croquis. En este caso como puedo demostrar que no tuve solo la culpa, que ella es responsable y en caso q no quiera conciliar que puedo hacer para q ella asuma su culpa, y en caso de conciliar que supuestamente es lo que vamos a hacer que tendria que pagar, pues ella tampoco iba con su licencia al dia.
 

JuanSebastián

Don Antojos - Linguo
Feb 27, 2010
4,139
¿Ud tiene seguro? "Ella tampoco iba con su licencia al día" ¿quiere decir que su licencia está vencida?

¿Cuando habla de conciliación se refiere a la prejudicial?
 

PPGSM

Administrador, Presunto Robot
Miembro del equipo
Feb 23, 2008
64,139
No soy Abogado, así que me perdonan si no uso los términos adecuados.

La Policía, al haber hecho el croquis, ya debió establecer preliminarmente quién fue el causante del accidente y lo debió especificar en el informe. Hay casos donde no es claro quién fue el causante y en el informe queda sentado, dejando abierta la posibilidad de que la responsabilidad sea compartida... y si no se llega a un acuerdo, se determinará quién tiene la responsabilidad en un juicio.
 

JuanSebastián

Don Antojos - Linguo
Feb 27, 2010
4,139
Correcto. El problema es el siguiente.

Digamos que yo voy por una avenida que tiene señalización de prohibido parquear en ambos costados, me quedo mirando el aviso y de pronto me estrello contra un carro que está parqueado. En ese caso, por más que mi distracción haya causado el accidente, el hecho de que el carro estuviera parqueado ahí me "quita" la responsabilidad.

Por eso es importante preguntar si ambos tenías las licencias vencidas, tal como se entiende de lo que escribió.
 

osc@r

Antiguo y Clásico
Nov 29, 2009
2,504
Creo que no hay tanto problema porque no veo o deduzco que a la motocicilsta la hayan llevado a medicina legal, de manera que no se involucran lesiones ni incapacidad.

Lo que veo grave es que la persona de la moto le pague los daños del carro, se puede hacer un acuerdo de pago ahí en la audiencia, pero la experiencia me indica que la cosa será a cuentagotas.

salu2
 

joelandia

Nuevo usuario
Abr 14, 2010
7
Creo que no hay tanto problema porque no veo o deduzco que a la motocicilsta la hayan llevado a medicina legal, de manera que no se involucran lesiones ni incapacidad.

Lo que veo grave es que la persona de la moto le pague los daños del carro, se puede hacer un acuerdo de pago ahí en la audiencia, pero la experiencia me indica que la cosa será a cuentagotas.

salu2


no si, ahora no quiere conciliar ni nada, y que le tengo q pagar hasta por daños futuros que tenga.

en ese caso como es el proceso en fiscalia
 

osc@r

Antiguo y Clásico
Nov 29, 2009
2,504
Tranquilo, la imprudencia de la motociclista y el croquis de la policía son sus armas principales.

Una rápida y buena solución es que cada quien pague sus daños. Deje que la señora le pida esta vida y la otra, después de que hable le manifiesta que la culpa es de ella, que no hay ninguna lesión demostrada (y si la hay, mínima, supongo la cubre el soat) y que además ella portaba una licencia vencida, no hay nada que hacer y créame que un abogado sale más caro ahí que la moto nueva.

No veo por qué estaría involucrada la Fiscalía pero en todo caso no es de preocuparse.

salu2
 

JuanSebastián

Don Antojos - Linguo
Feb 27, 2010
4,139
no si, ahora no quiere conciliar ni nada, y que le tengo q pagar hasta por daños futuros que tenga.

en ese caso como es el proceso en fiscalia

Igual si no fue a Medicina Legal podría ir ahorita.

Hay que mirar bien lo que dice en el croquis. Yo lo que quiero saber es si están conciliando formalmente o si simplemente están arreglando.
 

osc@r

Antiguo y Clásico
Nov 29, 2009
2,504
Pero si va pasadas las horas (muchas) el dictamen tiene la misma validez? Uno (mal pensado) podría pensar que se puede autolesionar y presentarse así al medico legista.

salu2
 

JuanSebastián

Don Antojos - Linguo
Feb 27, 2010
4,139
Es cierto que no es lo mismo que ir inmediatamente, pero si ella llegó a una clínica en la historia debe salir qué le trataron y con qué... y eso podría cotejarse con el dictamen de medicina legal en caso de que se objete.

Yo lo digo para tener la precaución. Igual entre más tiempo pase, pues mejor para el forista.

Acá lo importante es el croquis.
 

FERANDANTE

Nuevo usuario
Mar 19, 2010
97
:ninja:
No soy Abogado, así que me perdonan si no uso los términos adecuados.

La Policía, al haber hecho el croquis, ya debió establecer preliminarmente quién fue el causante del accidente y lo debió especificar en el informe. Hay casos donde no es claro quién fue el causante y en el informe queda sentado, dejando abierta la posibilidad de que la responsabilidad sea compartida... y si no se llega a un acuerdo, se determinará quién tiene la responsabilidad en un juicio.

Hola de Nuevo

Disculpenme lo intenso,
pero debo hacer las siguientes precisiones:

Lo PRIMERO:
La Policía NO HACE CROQUIS, levanta INFORME DE ACCIDENTES

Lo SEGUNDO:
La Policía NO ESTABLECE PRELIMINAR, NI DEFINITIVAMENTE "QUIEN FUE EL CAUSANTE DEL ACCIDENTE", el Inspector de Transito determina QUIEN FUE EL CONTRAVENTOR DE LA NORMA DE TRANSITO, y el Juez, es quien determina quien tuvo la culpa, independiente de haber sido o no el causante del accidente;

Lo TERCERO:
En el informe de accidentes, queda sentado son LAS VERSIONES DE LOS CONDUCTORES frente al accidente, NO LA VERSION DE LA POLICIA, la Policía de Transito se limita en el Informe de Accidentes, a trasladar diagramalmente al papel la información del accidente de tal manera que a futuro con este informe, se pudiese llegar a reconstruir la escena

Un Abrazo

Correcto. El problema es el siguiente.

Digamos que yo voy por una avenida que tiene señalización de prohibido parquear en ambos costados, me quedo mirando el aviso y de pronto me estrello contra un carro que está parqueado. En ese caso, por más que mi distracción haya causado el accidente, el hecho de que el carro estuviera parqueado ahí me "quita" la responsabilidad.

Por eso es importante preguntar si ambos tenías las licencias vencidas, tal como se entiende de lo que escribió.

No te "quita" la responsabilidad...
entramos en el campo de las "culpas compartidas",
en caso de no acuerdo, cada quien paga sus respectivas infracciones,
el uno por estacionar en sitio no permitido, el otro por obstaculizar la movilidad y no estar atento en la conducción;
ya en materia de daños,
vía judicial se determina que tanto dolo o intención hubo para causar daño en el vehículo que se encontraba mal estacionado...

Las licencias de conducción vencidas, solo operan, por ahora, para los vehículos de servicio público:ninja:

Un Abrazzo

Hoy tuve un accidente con una moto, hice el pare y como las motos que venian cruzaron hacia otro lado segui mi camino, y de la nada salio otra moto que iba como meteoro, la joven se raspo la cara, al igual que la moto que tambien solo tuvo raspaduras, en cambio a mi carro si se le daño la defensa, a ella se la llevaron en ambulancia, me hicieron prueba de alcoholemia (que salio perfecta) la policia levanto el croquis. En este caso como puedo demostrar que no tuve solo la culpa, que ella es responsable y en caso q no quiera conciliar que puedo hacer para q ella asuma su culpa, y en caso de conciliar que supuestamente es lo que vamos a hacer que tendria que pagar, pues ella tampoco iba con su licencia al dia.

Re-hola
Lamentando la situación.
Si la persona es trasladada a Centro Asistencial, automaticamente
las diligencias se judicializan, pasan a conocimiento de la URI más cercana, bajo la denominación LESIONES PERSONALES EN ACCIDENTE DE TRANSITO; en las diligencias judiciales, primero hay una etapa de conciliación, aqui no se discute si las licencias "estaban o no al día", sino que hay unos daños corporales y materiales, y luego, sino es posible, entonces si debes entrar a probar que no tenías la culpa en el accidente y que la culpa recayó bien en el motoraton, o en un hecho de un tercero

Siempre debes tener presente, que en estos casos moto vs automovil, la parte más debil es la moto...:ninja:

Estas diligencias, van independientes de las diligencias administrativas por la infracción a la norma de transito.

no si, ahora no quiere conciliar ni nada, y que le tengo q pagar hasta por daños futuros que tenga.

en ese caso como es el proceso en fiscalia

Mijo
hay tres cosas separadas...

La responsabilidad administrativa por la infracción a la norma de transito
La responsabilidad penal por las lesiones personales
La responsabilidad civil extracontractual por daños a la persona y los bienes

si no hay conciliación y te piden esta vida y la otra,
entonces asesorate de un buen abogado, no un todero,
ojalá especialista en Accidentes de Transito y Responsabilidad Extracontractual.

Al efecto hay servicios especializados que por un costo adicional,
te manejan de manera corportiva el asunto de manera integral desde las tres responsabilidades.

un Abrazzo y suerte:ninja: