Trámites en Oficinas de Tránsito

FFcolombiano

Antiguo y Clásico
Feb 1, 2008
5,418
que bien hombre, me alegro, y lo mejor...se va para su casa con la plata en el bolsillo y la tranquilidad de tener todo en orden.....sabiendo que no tendrá posteriores dolores de cabeza
 

PPGSM

Administrador, Presunto Robot
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Feb 23, 2008
64,210
Se exige paz y salvo cuando el vehículo cambia de propietario

Bogotá. Un conflicto en materia de trámites de vehículos que reposaba desde hace años en los estrados del Consejo de Estado fue resuelto finalmente por la Sección Primera de esa corporación.

Esta vez, el protagonista fue el Acuerdo 51 de 1993 que dictaba algunas disposiciones en materia de tránsito terrestre automotor expedido por la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Transporte y Tránsito (Intra). Pese a que la Sala declaró la nulidad del literal c) del artículo 87 y el parágrafo contenido en el artículo 92 del mencionado Acuerdo, también advirtió de la legalidad de los requisitos consagrados en otras disposiciones, los cuales pueden pedirse a la hora de hacer el cambio de dueño de un automotor.

Al respecto, aclaró que se deben conocer a los empresarios y allegados al sector para que no cometan errores en futuros negocios. En primer lugar, el paz y salvo que expedía la empresa de transporte a la cual se encontraba afiliado el vehículo cuando había cambio de servicio público a particular, quedo sin efectos con este fallo y en consecuencia ya no es posible exigirlo.

Contrario a esta situación, el Alto Tribunal dejo vigente en el ordenamiento jurídico el paz y salvo de la compañía tratándose de servicio público cuando lo que se va a hacer es el cambio de propietario para efectos de la inscripción en el Registro Terrestre Automotor. De esta manera, unos apartes fueron anulados y otros continúan rigiendo en la actualidad con dicho Acuerdo. La iniciativa de sacarlos del ordenamiento jurídico fue del Sindicato Nacional de Choferes de Colombia, que consideró que con el requerimiento del paz y salvo estipulado en las normas demandadas se garantizaba el cumplimiento de una obligación contractual, con lo cual la empresa de transportes asumía una posición dominante y era evidentemente favorecida.

“Con esos documentos, también se desborda la capacidad reglamentaria de la norma, al crear el paz y salvo (documento privado) como requisito para distintos trámites, con violación de las Leyes 105 de 1993 y 336 de 1996, en las cuales no existe dicho documento y al cual pretende otorgársele los mismos alcances de un documento público” agregó el demandante.

En defensa de la legalidad de las normas, el Ministerio de Transporte afirmó que el Acuerdo en cuestión fue expedido bajo los postulados legales que facultaron a la Junta Liquidadora del Intra para fijar los procedimientos y requisitos de los trámites que se adelantan ante los organismos de tránsito del país.
Cabe precisar que el Registro Terrestre Automotor es definido como el conjunto de datos necesarios para determinar la propiedad, características y situación jurídica de los vehículos automotores terrestres.

En él se inscriben todos los acuerdos que contengan la tradición, disposición, aclaración, limitación, gravamen o extinción de dominio sobre vehículos automotores terrestres para que surta efectos ante las autoridades y ante terceros.

Esta fue una de las razones por las cuales la ponencia de la consejera Martha Sofía Sanz Tobón advirtió que la exigencia del paz y salvo en los casos de nuevos propietarios se encuentra ajustada a derecho, dado que trata del cambio de dueño, lo que implica la tradición y/o disposición del respectivo automotor.

Argumento
La parte demandante alegó que con la exigencia del paz y salvo, no había libertad para que la empresa transportadora potestativamente realizara las acciones tendientes al cobro de las obligaciones adeudadas a ella y con ello vulnera la libertad contractual del propietario del transporte, al ser conminado al pago de sus deudas, todo con el fin de obtener el paz y salvo de la empresa a la cual está vinculado.

Decreto
El Decreto Ley 1809 de 1990, aplicable al asunto en cuestión, señala en su artículo 94 que para obtener el cambio de servicio de un automotor al servicio público se requiere autorización expedida por el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito (Intra). La oficina de tránsito donde esté registrado o radicado el vehículo, autorizará los otros cambios de servicio. Así mismo, consagra que el Intra es el encargado de establecer los requisitos y procedimientos correspondientes.

Advertencia
La corporación también aclaró que el estado del vehículo en relación con la empresa a la cual se afilió el vehículo no se encuentra comprendido dentro de las situaciones a que alude el Decreto Ley 1809 de 1990, como también que el estar o no a paz y salvo con la empresa a la cual se encuentra el automotor nada tiene que ver con la transformación, modificación o cambio de las características que lo identifica, por lo cual este caso no exige el paz y salvo de la firma correspondiente.
 

Gambin

Antiguo y Clásico
Mar 27, 2008
2,101
para revivir el tema, la placa de atras del aveo esta vuelta m, la pintura se esta cayendo a pedasitos, que me aconsejan? la cambio o la puedo dejar asi?

la foto no se ve muy bien pero se alcanza a observar.

 

fcabrales

Antiguo y Clásico
Oct 1, 2008
1,384
Muchas gracias

Gracias al compañero Twingocolombiano, están excelentes las recomendaciones tanto para comprador como para vendedor ya que es muy riesgoso dejar un traspaso abierto.

Recomendadisimo este post ! ! !
 

David R9

Despegó motor
Ene 16, 2009
892
Buen tema, propongo que sea fijo. Me incluyo dentro de los que no tengo ni idea sobre esos trámites y papeles, es muy útil.
 

NICOPRA

Nuevo usuario
Dic 10, 2008
824
PLACAS URGENTE!!!

Un carro le pego en un parqueadero a la CX7 , Tengo placas , marca del carro . Todo lo referente al carro .


Donde podre buscar con las placas al dueno '' En que pagina de internet ???


Saludos.....
 

PPGSM

Administrador, Presunto Robot
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Feb 23, 2008
64,210
En el organismo de tránsito de la ciudad donde fueron expedidas las placas.

Probablemente en la Policía Nacional tienen a información, pero tendría que poner una denuncia.
 

NICOPRA

Nuevo usuario
Dic 10, 2008
824
Alguna pagina en la cual coloque la placa y de informacion , El problema es que estoy en bucaramanga y el carro que le pego es con placas de bogota , entonces no podria preguntar sobre ese carro en el transito de bucaramanga por que es con placas de bogota...


Saludos.
 

PPGSM

Administrador, Presunto Robot
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Feb 23, 2008
64,210
NICOPRA dijo:
Alguna pagina en la cual coloque la placa y de informacion , El problema es que estoy en bucaramanga y el carro que le pego es con placas de bogota , entonces no podria preguntar sobre ese carro en el transito de bucaramanga por que es con placas de bogota...


Saludos.

www.simbogota.com.co
 

DG2008

Antiguo y Clásico
Feb 2, 2008
2,442
NICOPRA dijo:
Alguna pagina en la cual coloque la placa y de informacion , El problema es que estoy en bucaramanga y el carro que le pego es con placas de bogota , entonces no podria preguntar sobre ese carro en el transito de bucaramanga por que es con placas de bogota...


Saludos.

Por lo general la oficina de transito de Bogota tiene sucursal en muchas ciudades, yo se que en Cali tiene, depronto tambien tiene en Bucaramanga.
 

camilo_paez

Antiguo y Clásico
Oct 31, 2009
1,226
"Apagaron" las oficinas de tránsito?

señores les cuento lo que me paso:

iba a vender mi carro, y fuimos a hacer el traspaso al tránsito de Envigado, cuando nos van diciendo los funcionarios que trabajan alla que llevan mas de 10 días sin hacer traspasos por que no hay sistema, que es problema del RUNT, que no se que....

total nos dijeron que era en todo el pais y que no sabian cuando lo iban a arreglar.

para confirmarlo me comuniqué con la vendedora del concesionario donde voy a comprar el carro nuevo, y me lo confirmó, que ni para usados ni para nuevos se hacer matrículas o traspasos (tan raro....no me había dicho nada cuando fuí a pisar el carro)

que saben ustedes de esto?'??
 

XJ6

Moderador
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Feb 1, 2008
17,208
Hace un rato oí en Caracol una noticia sobre el represamiento que hay en Bucaramanga gracias a la mala implementación del RUNT: no han podido matricular 200 carros que se vendieron en los últimos días, según un directivo de Fenalco
 

camilo_paez

Antiguo y Clásico
Oct 31, 2009
1,226
Señores buenos dias.

Ya que estoy en proceso de venta de mi carro, el cual no se ha terminado por las fallas del RUNT (no hemos podido hacer el traspaso), les pongo algunos pasos del proceso que he ido conociendo:



TRASPASO VEHICULOS

• Formulario Único Nacional (FUN) completamente diligenciado y con improntas del vehiculo adheridas al respaldo (Numero motor, chasis y serie) El FUN se adquiere en esta Secretaria Cancelando la suma de $ 4000,
• Certificación original de rentas departamentales del año en curso y años anteriores.
• Compraventa del vehiculo.
• Fotocopia del seguro obligatorio vigente,
• Revisión técnico-mecánico y de gases vigente.
• Original de la tarjeta de propiedad
• Cancelación en Taquillas del Transito de los derechos de Tramite de carro, vehículos agrícolas, industriales o similares $ 53700, Los valores anteriores incluyen el valor del SIREV para Ministerio de Transporte
• Debe cancelar los valores de semaforizacion y sistematización del año en curso y los que se adeuden
• Retención Pago del 1% sobre el valor del avaluó del vehiculo suministrado por el Ministerio de Transporte, cuando venda persona natural
• Anexar PAZ y SALVO del SIMIT para el vendedor y el comprador



la idea es que lo complementemos para que quede la informacion disponible para todos, y explicar donde conseguir cada uno de los documentos

por ejemplo, este no se donde:

• Certificación original de rentas departamentales del año en curso y años anteriores.
 

XJ6

Moderador
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Feb 1, 2008
17,208
Ese ultimo trámite se hace en la alpujarra en la sede de rentas departamentales, oficina de impuestos, es en un sótano