Permiso o licencia de conduccion (Pase)

ElvaghoX

Antiguo y Clásico
Ene 10, 2010
348
Lo de renovar lo digo por que no puedo manejar servicio publico sin estar refrendado, Solo dura 3 Años igual podía manejar particular sin ningún problema, pero en su caso yo creo q es mejor acercarse a un SIM y preguntar por el tiempo que lleva, que casi 20 años.
 

ElvaghoX

Antiguo y Clásico
Ene 10, 2010
348

Hola
les cuento que es por tres años la refrendacion para licencias de categoria C2 y C3. La mia vence en 2013
Adjunto mi licencia actual lleva 1 mes

 

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JUANK

Antiguo y Clásico
May 10, 2008
3,503
La de la categoria C1 tambien se refrenda cada 3 años, mi licencia es igual a la suya, la tengo desde junio sino que categoria C1 (antes conocida como categoria 4)
 

jipz2005

Despegó motor
Jul 3, 2010
47
En esta página http://automovilclub.org/licencia-refrendacion.html encontre respecto a la renovación de las licencias de transito lo siguiente: "Si su vehículo es de servicio particular y la licencia de conducción fue expedida antes del 5 de diciembre de 1.995, se debe refrendar".

Pero segui leyendo y en esta página http://www.touringcolombia.net/forum/viewtopic.php?showtopic=366976 encontre esta información: "Lo preocupante del asunto es que su licencia puede que aparezca en el ministerio de transporte... http://www.mintransporte.gov.co/ (consultas en línea), pero que eso YA NO SIRVE... que la licencia de uno TIENE que aparecer en el RUNT, sino adivine qué? Vaya a voltiar con eso!!!". Y saben ese es mi caso.

Pregunta: Debo tramitar una nueva licencia de transito?
 

F22

Antiguo y Clásico
Abr 29, 2008
380
Caballeros buenas noches. Tal como comenta JIPZ2005 mi licencia de conducción ( expedida en 2002 ) aparece registrada en la página del ministerio de transporte sin sanciones ni restricciones, pero no aparece en el bendito RUNT. A alguno de ustedes le ha sucedido?.
 

JD93

Antiguo y Clásico
Feb 19, 2010
2,824
Caballeros buenas noches. Tal como comenta JIPZ2005 mi licencia de conducción ( expedida en 2002 ) aparece registrada en la página del ministerio de transporte sin sanciones ni restricciones, pero no aparece en el bendito RUNT. A alguno de ustedes le ha sucedido?.

si, tiene que ir a un SIM e inscribirse.
 

fcastel

Nuevo usuario
Nov 22, 2009
26
Uhm interesante este topico no lo habia visto, tengo dos pregunta... tengo problemas en las rodillas y otros problemitas de salud, para poder caminar uso unos aparatos ortopedicos en las rodillas, yo quiero sacar la licencia, con esto obviamente salen restricciones, tengo entendido q una de ellas es algo asi como q debe conducir con aparatos especiales, q si uno no los tiene le ponen a uno multa, eso se puede probar con certificado? me daria como cosa decirle al señor policia q toque las varillas :D

La segunda pregunta es que alguien me dijo q si salia con esas restricciones podría salir aunq tuviera pico y placa (total no saldria sino a terapias o citas medicas) eso es cierto?
 

sebasbedoya

Usuario
Jun 28, 2010
10
Hola...esta información ha estado rodando desde hace un tiempo en internet....creo que no soy el unico preocupado ( y si lo hicieron con la cedula??? mmm)...bueno en contre esta noticia en la pagina del ministerio donde el ministro aclara las cosas:

""En lo que respecta a la vigencia de las licencias de conducción, se informa que se mantiene la disposición de considerar como indefinidas las licencias de servicio particular de categorías A1, A2, A3, B1, B2 y B3, hasta tanto se adopte la Ficha Técnica del formato de la nueva licencia de conducción, y se determinen las condiciones para el cambio general de dichas licencias.""

Es reconfortante saberlo....

Resto de la publicación....
http://www.mintransporte.gov.co/files/portlets/news/WYS_COMUNICADO 009-01-OCT-2010 _2_.pdf
 

Zoom-Zoom

Antiguo y Clásico
Abr 12, 2009
547
Restricciones del pase categoria B1 ( 3)

Cuales son las restricciones de la categoria 3 (b1) ?


PD: ya que anoche casi me inmovilizan el carro con el cuentro que no podia manejar de noche , ni en carretera ( pero eso lo se , Venia via a piedecuesta que es un municipio de bucaramanga que esta a 6 kilometros , es parte del area metropolitana pero obviamente para ir hasta este pueblo hay que transitar por autopista) , ¿puedo conducir por hay?.


Saludos.
 

PPGSM

Administrador, Presunto Robot
Miembro del equipo
Feb 23, 2008
64,403
Más allá de que pueda o no pueda conducir ahí, el hecho de transitar a las 2 a.m. es suficiente para que lo "partan".
 

vicpotter2009

Despegó motor
Ago 7, 2010
98
Caballeros buenas noches. Tal como comenta JIPZ2005 mi licencia de conducción ( expedida en 2002 ) aparece registrada en la página del ministerio de transporte sin sanciones ni restricciones, pero no aparece en el bendito RUNT. A alguno de ustedes le ha sucedido?.


Primero que todo debes estar inscrito en el RUNT. Luego si la información de tu licencia no ha sido migrada al RUNT, debes ir a la sede del Tránsito donde expediste tu licencia y hacer el reclamo, anexando fotocopia de cédula, fotocopia de la licencia de conducción, cartapantalla del Ministerio de Transporte y del RUNT. Eso fué lo que hice, en mi caso.

Hola...esta información ha estado rodando desde hace un tiempo en internet....creo que no soy el unico preocupado ( y si lo hicieron con la cedula??? mmm)...bueno en contre esta noticia en la pagina del ministerio donde el ministro aclara las cosas:

""En lo que respecta a la vigencia de las licencias de conducción, se informa que se mantiene la disposición de considerar como indefinidas las licencias de servicio particular de categorías A1, A2, A3, B1, B2 y B3, hasta tanto se adopte la Ficha Técnica del formato de la nueva licencia de conducción, y se determinen las condiciones para el cambio general de dichas licencias.""

Es reconfortante saberlo....

Resto de la publicación....
http://www.mintransporte.gov.co/files/portlets/news/WYS_COMUNICADO 009-01-OCT-2010 _2_.pdf


Ley 1383 de 2010

ARTÍCULO 4°. El artículo 17 de la Ley 769 de 2002, quedará así:
Articulo 17. Otorgamiento. La licencia de conducción será otorgada por primera vez a quien cumpla con todos los requisitos descritos en el articulo 19 de este código, por la entidad pública o privada autorizada para el efecto por el organismo de tránsito en su respectiva jurisdicción, El formato de la licencia de conducción será único nacional, para lo cual el Ministerio de Transporte establecerá la ficha técnica para su elaboración y los mecanismos de control correspondiente.

Las nuevas licencias de conducción contendrán, como mínimo, los siguientes datos: nombre completo del conductor, número del documento de identificación, huella, tipo de sangre, fecha de nacimiento, categoría de licencia, restricciones, fecha de expedición y organismo que la expidió.

Dentro de las características técnicas que contendrán las licencias de conducción se incluirán, entre otros, un código de barra bidimensional u otro dispositivo electrónico, magnético u óptico con los datos del registro que permita la lectura y actualización de éstos. Las nuevas licencias de conducción deberán permitir al organismo de tránsito confrontar la identidad del respectivo titular de conformidad con las normas de ley vigentes sobre la materia, sin costo alguno.

Parágrafo 1°, Quien actualmente sea titular de una licencia de conducción, que no cumpla con las condiciones técnicas establecidas en el presente artículo y en la reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Transporte, deberá sustituirla en un término de cuarenta y ocho (48) meses contados a partir de la promulgación de la presente ley, de conformidad con lo previsto por el artículo 15 de la Ley 1005 de 2006.

Para tal efecto, deberá presentar paz y salvo por infracciones de tránsito y el certificado indicado en el articulo 19 del presente código.

Parágrafo 2°. Para garantizar la gratuidad del cambio de licencias se autoriza a los organismos de tránsito descontar, por una sola vez, una suma igual a 1 salario mínimo, legal diario vigente (SMDV), por cada licencia expedida, de los recursos que obligatoriamente debe transferir al Ministerio de Transporte por concepto de especies venales.
También estoy en lo de la renovación de la licencia, pero ¿cuándo se va a definir el formato definitivo de las nuevas licencias de conducción?
 

Nico-Benz

Alto kilometraje
Oct 27, 2008
1,049
para poder manejar en Estados Unidos mas exactamente en florida, solo se necesita tener el pase vigente, o fuera de eso toca tener pase internacional??, ando haciendo esas vueltas porque mi pase lo tengo vencido, pero una vez lo refrende y quede actualizado, sera suficiente para poder alquilar y manejar un carro en Florida o toca ademas sacar el pase internacional, agradezco si alguien sabe algo al respecto.
 

tomasbeagle

El Rolo
Mar 30, 2010
1,955
para poder manejar en Estados Unidos mas exactamente en florida, solo se necesita tener el pase vigente, o fuera de eso toca tener pase internacional??, ando haciendo esas vueltas porque mi pase lo tengo vencido, pero una vez lo refrende y quede actualizado, sera suficiente para poder alquilar y manejar un carro en Florida o toca ademas sacar el pase internacional, agradezco si alguien sabe algo al respecto.

Para rentar carro necesitas solo la licencia de conduccion valida, ellos lo unico que verifican es que no este vencida, pero sobretodo por cuestion del seguro de resto, cero problemas.
Y si por algun motivo te detienen, presentas pase, pasaporte y la copia del contrato de renta que te dan.
 

JUANK

Antiguo y Clásico
May 10, 2008
3,503
para poder manejar en Estados Unidos mas exactamente en florida, solo se necesita tener el pase vigente, o fuera de eso toca tener pase internacional??, ando haciendo esas vueltas porque mi pase lo tengo vencido, pero una vez lo refrende y quede actualizado, sera suficiente para poder alquilar y manejar un carro en Florida o toca ademas sacar el pase internacional, agradezco si alguien sabe algo al respecto.

Yo manejo en florida relajado con el pase de aca, pero tiene que estar vigente. Para manejar no hay problema, para rentar carro depende de la edad que tenga.
 

danieldeux

Alto kilometraje
Ago 21, 2010
63
Uhm interesante este topico no lo habia visto, tengo dos pregunta... tengo problemas en las rodillas y otros problemitas de salud, para poder caminar uso unos aparatos ortopedicos en las rodillas, yo quiero sacar la licencia, con esto obviamente salen restricciones, tengo entendido q una de ellas es algo asi como q debe conducir con aparatos especiales, q si uno no los tiene le ponen a uno multa, eso se puede probar con certificado? me daria como cosa decirle al señor policia q toque las varillas :D

La segunda pregunta es que alguien me dijo q si salia con esas restricciones podría salir aunq tuviera pico y placa (total no saldria sino a terapias o citas medicas) eso es cierto?


Ha pasado tiempo ya pero respecto a la primera pregunta:

Encontré la resolución 1555/05

Más exactamente el artículo 13:

Artículo 13. Personas con discapacidad. Cuando se trate de un certificado expedido a un aspirante con discapacidad, este deberá demostrar que se encuentra habilitado y adiestrado para conducir con dicha limitación, presentando los resultados aprobatorios del examen nacional de aptitud de que trata el parágrafo único del artículo 18 de la Ley 769 de 2002. El Certificado de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz deberá especificar el empleo de instrumentos ortopédicos cuando estos sean requeridos.

Respecto a la 2da Pregunta, según entiendo, las personas que se encuentran en condición de discapacidad pueden transitar sin ninguna restricción en horarios de pico y placa:

http://www.eltiempo.com/archivo/documento/MAM-987173



Espero haber podido ayudar
;)