ACCIDENTES

chuchogatos

Antiguo y Clásico
Mar 2, 2011
1,984
Y con justa razón se debe formar el "escándalo".

Nefasto accionar y proceder de la fuerza pública en este caso. Medidas adoptadas que no se corresponden en proporción la agresión y la respuesta que se le da. Nada puede justificar miembros de la fuerza pública disparando armas de fuego en calles céntricas de una ciudad de millones de habitantes, sin mediar reflexión alguna sobre las consecuencias que esto puede acarrear. Acción temeraria, que desconoce el principio de seguridad a la población civil en los centros urbanos que es inherente a la función nomoarquica, principialistica, legal y constitucional de la Policía Nacional, de salvaguardar justamente y de manera proporcional la integridad de todos los ciudadanos, cómo es posible que se responda al hurto de un vehículo haciendo tiros en una calle transitada, a plena luz del día. Completamente desmedido, violación ostensible al deber funcional de cuidado que debe exhibir todo funcionario público contendido de manera general y específica en la Ley 734 de 2002. Toda condena y reproche merece este agente de policía por su accionar exagerado, poniendo en riesgo gravemente la vida de las personas en el sector, simplemente por evitar el hurto de un carro, nunca será a la luz de nuestro ordenamiento jurídico apegado al estado social de derecho de mayor entidad un hurto que un homicidio y si este último es causado por el accionar irresponsable de la Policía, debe ser doblemente condenado.

No existe en Colombia pena de muerte, ni esta sería corresponsal al tipo penal de hurto y menos de aplicación directa por parte de la Policía, no es Lejano Oeste, es un Estado constitucional de derecho regido por una normas debidamente legisladas por el Congreso de la República y es a los jueces de la República a quienes les corresponde administrar justicia, la Policía debe capturar estos bandidos y ponerlos a disposición de la rama judicial, pero, no abrir fuego de manera indiscriminada en plena zona urbana de una ciudad como si se tratara de un espectáculo y menos aun cuando el ataque causado por el presunto agresor era un hurto, que puede dársele un manejo ortodoxo que no ponga en riesgo la vida de un número indeterminado de ciudadanos.

Destitución inmediata, inhabilidad para el ejercicio de cargo y funciones públicas de manera indefinida para este señor agente que desconoció todos los protocolos de seguridad inherentes a su cargo y la respectiva pena privativa de la libertad por un homicidio que pudo evitarse en contra de la integridad de un ciudadano de haber seguido los protocolos respectivos en este caso. En el mismo orden de ideas repetir de manera civil contra este señor agente de Policía la indemnización que deberá pagar el Estado a la familia del difunto, que no es justo que el erario público sea despilfarrado para cubrir los excesos funcionales derivados de las actuaciones irresponsables de la fuerza pública.
¿? le disparan al policía primero y resulta que no es motivo para que le disparen al ratero armado? con razón hay tanto malandro si la ley y los tinterillos los defienden.
 

JCCaballeroG

Ya van 1800 y contando
Sep 23, 2011
5,430
Y con justa razón se debe formar el "escándalo".

Nefasto accionar y proceder de la fuerza pública en este caso. Medidas adoptadas que no se corresponden en proporción la agresión y la respuesta que se le da. Nada puede justificar miembros de la fuerza pública disparando armas de fuego en calles céntricas de una ciudad de millones de habitantes, sin mediar reflexión alguna sobre las consecuencias que esto puede acarrear. Acción temeraria, que desconoce el principio de seguridad a la población civil en los centros urbanos que es inherente a la función nomoarquica, principialistica, legal y constitucional de la Policía Nacional, de salvaguardar justamente y de manera proporcional la integridad de todos los ciudadanos, cómo es posible que se responda al hurto de un vehículo haciendo tiros en una calle transitada, a plena luz del día. Completamente desmedido, violación ostensible al deber funcional de cuidado que debe exhibir todo funcionario público contendido de manera general y específica en la Ley 734 de 2002. Toda condena y reproche merece este agente de policía por su accionar exagerado, poniendo en riesgo gravemente la vida de las personas en el sector, simplemente por evitar el hurto de un carro, nunca será a la luz de nuestro ordenamiento jurídico apegado al estado social de derecho de mayor entidad un hurto que un homicidio y si este último es causado por el accionar irresponsable de la Policía, debe ser doblemente condenado.

No existe en Colombia pena de muerte, ni esta sería corresponsal al tipo penal de hurto y menos de aplicación directa por parte de la Policía, no es Lejano Oeste, es un Estado constitucional de derecho regido por una normas debidamente legisladas por el Congreso de la República y es a los jueces de la República a quienes les corresponde administrar justicia, la Policía debe capturar estos bandidos y ponerlos a disposición de la rama judicial, pero, no abrir fuego de manera indiscriminada en plena zona urbana de una ciudad como si se tratara de un espectáculo y menos aun cuando el ataque causado por el presunto agresor era un hurto, que puede dársele un manejo ortodoxo que no ponga en riesgo la vida de un número indeterminado de ciudadanos.

Destitución inmediata, inhabilidad para el ejercicio de cargo y funciones públicas de manera indefinida para este señor agente que desconoció todos los protocolos de seguridad inherentes a su cargo y la respectiva pena privativa de la libertad por un homicidio que pudo evitarse en contra de la integridad de un ciudadano de haber seguido los protocolos respectivos en este caso. En el mismo orden de ideas repetir de manera civil contra este señor agente de Policía la indemnización que deberá pagar el Estado a la familia del difunto, que no es justo que el erario público sea despilfarrado para cubrir los excesos funcionales derivados de las actuaciones irresponsables de la fuerza pública.
Si un bandido de estos no atiende a la señal de alto del policía y aparte de esto abre fuego en contre del policía, este no tiene otra opción sino "levantar a tiros" al bandido, Para qué es el arma de dotación???? Le adelanto algo, no es para que se vea bonita en la chapuza
Además, hay un atenuante "LEGÍTIMA DEFENSA" (hay igualdad de armas) no es que el bandido le tiró una piedra y el policía le disparó... Ahí hubo igualdad de condiciones, además el policía dispara bajo la premisa que está cumpliendo una obligación Constitucional y Legal que es proteger y defender a los ciudadanos de bien
Le informo algo: El crimen no fue el robo de un vehículo, fue un caso de "Fleteo"
 
Última edición:

Perruan

Antiguo y Clásico
Sep 9, 2010
336
En serio esta vez si no pude aguantar.

Saul.jpg
 
A

Alcaravan04

Guest
Propongo que le demos el beneficio de la duda a lucasmesa y pensemos que es un troll.

Otro calificativo posible sería completamente peyorativo.

En otras legislaciones con que el hombre este huyendo en un vehículo y poniendo en riesgo la vida de otras personas con su accionar es suficiente para utilizar "fuerza letal".

El escenario actual es de las únicas cosas por las que se extraña la "seguridad democrática".
 

Ivanfdocm

Antiguo y Clásico
Jun 5, 2013
1,132
Nefasto es no actuar contra los delincuentes, el actuar de los policía es detener el actuar de los criminales que por principio creo que generará mas daños si no les detiene rápido, y como dijeron antes estos criminales en su huida son desmedidos por no ser apresados y termina atropellando y matando a cualquier persona y ocasionando mas daños, y si también un policía no hace lo suyo y por culpa de él matan a una persona lo terminan culpando por omisión de sus funciones.
 

JULIALGO2020

Antiguo y Clásico
Nov 22, 2010
2,180
Y con justa razón se debe formar el "escándalo".

Nefasto accionar y proceder de la fuerza pública en este caso. Medidas adoptadas que no se corresponden en proporción la agresión y la respuesta que se le da. Nada puede justificar miembros de la fuerza pública disparando armas de fuego en calles céntricas de una ciudad de millones de habitantes, sin mediar reflexión alguna sobre las consecuencias que esto puede acarrear. Acción temeraria, que desconoce el principio de seguridad a la población civil en los centros urbanos que es inherente a la función nomoarquica, principialistica, legal y constitucional de la Policía Nacional, de salvaguardar justamente y de manera proporcional la integridad de todos los ciudadanos, cómo es posible que se responda al hurto de un vehículo haciendo tiros en una calle transitada, a plena luz del día. Completamente desmedido, violación ostensible al deber funcional de cuidado que debe exhibir todo funcionario público contendido de manera general y específica en la Ley 734 de 2002. Toda condena y reproche merece este agente de policía por su accionar exagerado, poniendo en riesgo gravemente la vida de las personas en el sector, simplemente por evitar el hurto de un carro, nunca será a la luz de nuestro ordenamiento jurídico apegado al estado social de derecho de mayor entidad un hurto que un homicidio y si este último es causado por el accionar irresponsable de la Policía, debe ser doblemente condenado.

No existe en Colombia pena de muerte, ni esta sería corresponsal al tipo penal de hurto y menos de aplicación directa por parte de la Policía, no es Lejano Oeste, es un Estado constitucional de derecho regido por una normas debidamente legisladas por el Congreso de la República y es a los jueces de la República a quienes les corresponde administrar justicia, la Policía debe capturar estos bandidos y ponerlos a disposición de la rama judicial, pero, no abrir fuego de manera indiscriminada en plena zona urbana de una ciudad como si se tratara de un espectáculo y menos aun cuando el ataque causado por el presunto agresor era un hurto, que puede dársele un manejo ortodoxo que no ponga en riesgo la vida de un número indeterminado de ciudadanos.

Destitución inmediata, inhabilidad para el ejercicio de cargo y funciones públicas de manera indefinida para este señor agente que desconoció todos los protocolos de seguridad inherentes a su cargo y la respectiva pena privativa de la libertad por un homicidio que pudo evitarse en contra de la integridad de un ciudadano de haber seguido los protocolos respectivos en este caso. En el mismo orden de ideas repetir de manera civil contra este señor agente de Policía la indemnización que deberá pagar el Estado a la familia del difunto, que no es justo que el erario público sea despilfarrado para cubrir los excesos funcionales derivados de las actuaciones irresponsables de la fuerza pública.
Lucas, yo creo que...ZZZZZZZZZ
 

Yesid5

Antiguo y Clásico
Ene 20, 2013
380
Lo siento Lucas, le voy a dar Palo.
CAPÍTULO UNO. Falta plata.
Por argumentos de ese tipo, nuestras finanzas (el dinero con que cuenta el país para sus gastos y funcionamiento) en el tema de demandas, tiene un déficit tal que a cada Colombiano le tocaría pagar 5 millones de pesos por concepto de demandas contra el Estado. Absurdo si se tiene en cuenta nuestro ingreso percápita, ósea ni toda Colombia trabajando durante un año, podría pagar todas las demandas, que cursan en este momento.
Y si uno analiza bien, ud tiene razón, en el sentido de que el policía debe resguardar la vida de las personas, no acabar con ellas. Es su razón de ser, pero en la otra orilla estamos los que nos atacan los delincuentes, y que pasa si nos asustamos en un atraco y hacemos un movimiento brusco? PENA DE MUERTE, y que pasa si nos oponemos a que nos quiten la quincena? PENA DE MUERTE, y que pasa si no nos dejamos robar el smartphone? PENA DE MUERTE, y si te metes con la mujer de uno de estos? PENA DE MUERTE, y si te atraviesas en el camino de un conductor como el senador Merlano? Que pena, DE MUERTE.

CAPÍTULO 2. ESTAS MUERTO.
Tu esposa se ha quedado sin el sustento diario, ahora tiene que dejar de criar a tus hijos, y empezar a trabajar para pagar las cuentas, tus papas se animan a ayudarla, pero son muy cansones, les empieza a ir mal en el colegio, y los expulsan. Como es mayor de 30 años, ya esta mayorisita para trabajar y le toca ocupar un puesto de menor paga y mayor trabajo, y el jefe es un poco verde, y le gusta tu señora... Adivina?
Si... se lo tiene que comer. Es una muy buena madre, quiere mucho a tus hijos, pero tu no estas allí.
Convierten de unos excelentes prospectos de ciudadanos en unos pequeños indomables que por ese delincuente que te quitó la vida, ya no serán lo que deberían. Tu esposa presenta una demanda ante desconocidos con un abogado que le quita lo poquito que le queda, por tu muerte, pero como nunca los hallan, y si los encuentran no tienen ni en que caerse muertos, no recibe un peso por la indemnización.

CAPÍTULO 3. La conmemoración.
Se cumplen 22 años de la masacre del Barrio primero de mayo, en la ciudad de Barrancabermeja, mataron a 27 y luego de muertos, los echaron a una piscina natural con caimanes y nunca se encontraron sus restos. Un paciente mío que vivía en el primero de mayo conocía a tres de ellos, un jibaro vendedor de drogas y dos malandros; unas verdaderas joyas, de los otros 24 no tengo idea, debieron ser unos ejemplos de vida, ciudadanos ejemplares, pero el Barrio descansó.
Luego de 22 años, a los familiares sobrevivientes con un pull de abogados de CANADÁ, (habrase visto) les han indemnizado con una buena cantidad de millones, casas gratis, (pues todos se declararon desplazados,) proyectos productivos y subsidios por el resto de sus vidas. Siguen desfilando los cajones vacíos, sale la procesión desde la USO de Barrancabermeja, y llegan todos los medios de comunicación a cubrir la noticia.

A ti, tu madre te pago una misa a la que asistieron tu esposa, tus hijos y el jefe de tu esposa, que se ha portado tan bien con ella, es como un padre...
 

Carlos Bautista

Antiguo y Clásico
Feb 23, 2010
1,819
Yo les dije en el tema de puertos, es un tinterillo.

Lo dudo mucho, creo que es un estudiante de 2 o 3 de derecho que apenas está viendo derecho penal general..., ahora, cada quien tiene su punto de vista de las cosas, el forista dio el suyo, podemos estar o no de acuerdo, pero no hay que atacarlo por eso, acá se han tenido discusiones de derecho penal bastante interesantes, esta realmente no es una de esas.

Esa foto del international (o navitrans) de alexitosrv, ¿el camión se metió por una vía peatonal o son ideas mías?
 
  • Me gusta
Reacciones: SebasEscobar

lucasmesa

Alto kilometraje
Ene 9, 2014
79
cada quien tiene su punto de vista de las cosas, el forista dio el suyo, podemos estar o no de acuerdo, pero no hay que atacarlo por eso, acá se han tenido discusiones de derecho penal bastante interesantes, esta realmente no es una de esas.

Buenas noches Carlos, muy amable por sus palabras. El argumento del mensaje que he publicado lo enmarque dentro del Derecho Disciplinario, que persigue la destitución e inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas, en contraste, el Derecho Penal busca restringir la libertad del individuo.

Venga, Lucas. Para que se divierta bastante, le recomiendo el tema "Consultorio Jurídico", por allá necesitan de su asesoría.

Con mucho gusto en lo que pueda servirles. Muy amable por la invitación, estuve visitando el tema que me ha sugerido, sin embargo, no hay consultas actuales. Me comprometo a revisarlo constantemente para poder aportar.

Lo siento Lucas, le voy a dar Palo.
CAPÍTULO UNO. Falta plata.
Por argumentos de ese tipo, nuestras finanzas (el dinero con que cuenta el país para sus gastos y funcionamiento) en el tema de demandas, tiene un déficit tal que a cada Colombiano le tocaría pagar 5 millones de pesos por concepto de demandas contra el Estado. Absurdo si se tiene en cuenta nuestro ingreso percápita, ósea ni toda Colombia trabajando durante un año, podría pagar todas las demandas, que cursan en este momento.
Y si uno analiza bien, ud tiene razón, en el sentido de que el policía debe resguardar la vida de las personas, no acabar con ellas. Es su razón de ser, pero en la otra orilla estamos los que nos atacan los delincuentes, y que pasa si nos asustamos en un atraco y hacemos un movimiento brusco? PENA DE MUERTE, y que pasa si nos oponemos a que nos quiten la quincena? PENA DE MUERTE, y que pasa si no nos dejamos robar el smartphone? PENA DE MUERTE, y si te metes con la mujer de uno de estos? PENA DE MUERTE, y si te atraviesas en el camino de un conductor como el senador Merlano? Que pena, DE MUERTE.

CAPÍTULO 2. ESTAS MUERTO.
Tu esposa se ha quedado sin el sustento diario, ahora tiene que dejar de criar a tus hijos, y empezar a trabajar para pagar las cuentas, tus papas se animan a ayudarla, pero son muy cansones, les empieza a ir mal en el colegio, y los expulsan. Como es mayor de 30 años, ya esta mayorisita para trabajar y le toca ocupar un puesto de menor paga y mayor trabajo, y el jefe es un poco verde, y le gusta tu señora... Adivina?
Si... se lo tiene que comer. Es una muy buena madre, quiere mucho a tus hijos, pero tu no estas allí.
Convierten de unos excelentes prospectos de ciudadanos en unos pequeños indomables que por ese delincuente que te quitó la vida, ya no serán lo que deberían. Tu esposa presenta una demanda ante desconocidos con un abogado que le quita lo poquito que le queda, por tu muerte, pero como nunca los hallan, y si los encuentran no tienen ni en que caerse muertos, no recibe un peso por la indemnización.

CAPÍTULO 3. La conmemoración.
Se cumplen 22 años de la masacre del Barrio primero de mayo, en la ciudad de Barrancabermeja, mataron a 27 y luego de muertos, los echaron a una piscina natural con caimanes y nunca se encontraron sus restos. Un paciente mío que vivía en el primero de mayo conocía a tres de ellos, un jibaro vendedor de drogas y dos malandros; unas verdaderas joyas, de los otros 24 no tengo idea, debieron ser unos ejemplos de vida, ciudadanos ejemplares, pero el Barrio descansó.
Luego de 22 años, a los familiares sobrevivientes con un pull de abogados de CANADÁ, (habrase visto) les han indemnizado con una buena cantidad de millones, casas gratis, (pues todos se declararon desplazados,) proyectos productivos y subsidios por el resto de sus vidas. Siguen desfilando los cajones vacíos, sale la procesión desde la USO de Barrancabermeja, y llegan todos los medios de comunicación a cubrir la noticia.

A ti, tu madre te pago una misa a la que asistieron tu esposa, tus hijos y el jefe de tu esposa, que se ha portado tan bien con ella, es como un padre...

Buenas noches Yesid: sentido y emotivo comentario el que ha publicado. Desde luego, tiene toda la razón y no es "palo" que me este dando, comparto ampliamente su opinión, toda persona que actué al margen de la legalidad debe ser sometido al imperio de la ley. El reproche que yo hago es por la puesta en peligro de una cantidad de personas durante el suceso y que el deber ser de la actuación policial debió dirigirse a someter estos individuos ante un Juez y no propiamente a darles de baja.

Agradezco la deferencia que ha tenido de importantísima replica, muy valida, muy verídica, es una invitación a la reflexión que es muy bienvenida.
 

Dominic

Antiguo y Clásico
Abr 10, 2010
585
Buenas noches Carlos, muy amable por sus palabras. El argumento del mensaje que he publicado lo enmarque dentro del Derecho Disciplinario, que persigue la destitución e inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas, en contraste, el Derecho Penal busca restringir la libertad del individuo.



Con mucho gusto en lo que pueda servirles. Muy amable por la invitación, estuve visitando el tema que me ha sugerido, sin embargo, no hay consultas actuales. Me comprometo a revisarlo constantemente para poder aportar.



Buenas noches Yesid: sentido y emotivo comentario el que ha publicado. Desde luego, tiene toda la razón y no es "palo" que me este dando, comparto ampliamente su opinión, toda persona que actué al margen de la legalidad debe ser sometido al imperio de la ley. El reproche que yo hago es por la puesta en peligro de una cantidad de personas durante el suceso y que el deber ser de la actuación policial debió dirigirse a someter estos individuos ante un Juez y no propiamente a darles de baja.

Agradezco la deferencia que ha tenido de importantísima replica, muy valida, muy verídica, es una invitación a la reflexión que es muy bienvenida.
Lo sometemos cojidos de la mano por las buenas. No ven que están disparando. Están poniendo en riesgo la vida de personas y policias. Creo que le falta un poco de sentido común. Cuando lo roben se dará cuenta que esas ratas deberían morir en el acto. A mi padre le han puesto dos revólveres en la cabeza y creame que no se siente muy bien que digamos.
 

david0113

Antiguo y Clásico
Ene 26, 2013
1,136
Lo dudo mucho, creo que es un estudiante de 2 o 3 de derecho que apenas está viendo derecho penal general..., ahora, cada quien tiene su punto de vista de las cosas, el forista dio el suyo, podemos estar o no de acuerdo, pero no hay que atacarlo por eso, acá se han tenido discusiones de derecho penal bastante interesantes, esta realmente no es una de esas.

Esa foto del international (o navitrans) de alexitosrv, ¿el camión se metió por una vía peatonal o son ideas mías?

Estoy completamente de acuerdo con Carlos, aunque no puedo negar que me divertí mucho con todo lo que @lucasmesa escribió. De hecho escribe como hablan los defensores públicos educados o hechos en la vieja escuela, basta con leer su famosa expresión del "imperio de la ley" para confirmarlo.
 
Última edición:

gerardog

Antiguo y Clásico
Ago 25, 2008
3,189
Lo vi en las noticias de Caracol antes de salir de la casa... Que imprudencia la del cafre que iba manejando el camión.. Será que el tipo estaba bajo los efectos del alcohol o alguna droga psicoactiva??

Hombre Juan no podemos juzgar sin saber al menos que paso, te cuento una historia un amigo en una mula paro a auxiliar a una gente que se había estrellado en la carretera subiendo a anserma, se bajo y pum le robaron la mula, le dieron dos tiros y lo echaron al monte, de chimba no se murió, ahora entrando a bogota con lo que roban es peligrosisimo dar papaya, entonces sin saber como fueron las cosas pues duro juzgar, ahora los conos que coloco el señor del carro particular estarian detras del vehiculo, delante del herido?

slds
 
  • Me gusta
Reacciones: PPGSM y OCruz

Kota

Antiguo y Clásico
Sep 17, 2012
2,623
Lo otro es que a esa hora la gente sale para no coger trancón y va rápido (es una "autopista"). Perfectamente pudo no ver los conos por el tamaño (hay que ver lo que la gente a veces carga en los kits de carretera).

...y hay que ver que hay gente que pone los conos a dos metros del carro;

En estos días precisamente me tocó ver un tipo varado que tenía 3 conos y los colocó de forma magistral (a distancias prudentes y de modo que sacara el flujo de carros de su carril); me sorprendió, pues ver eso es excepcional, jejejejeje